La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta dictó este miércoles sentencia condenatoria contra dos personas implicadas en un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, después de que en junio de este año fueran sorprendidas por la Policía Nacional intentando embarcar con un marroquí escondido en un doble fondo de su vehículo.
Ambos acusados, un hombre y una mujer residentes en Alicante, reconocieron ante el tribunal del máximo órgano judicial en Ceuta la comisión del delito, asumiendo penas de dos años de prisión para cada uno. Dicha condena fue suspendida por la Sala durante un periodo de tres años ya que ambos carecían de antecedentes. Esto significa que en ese tiempo no podrán volver a delinquir ya que, de hacerlo, deberían afrontar esa pena y la derivada del nuevo delito. Además se dictó una prohibición de entrada en Ceuta durante un periodo de tres años.
La sentencia fue leída por el magistrado Fernando Tesón y aceptada por las partes, que mostraron su intención de no recurrir declarándose firme. Los hechos a los que hace referencia se produjeron el 9 de junio de este año, a las 19.30 horas en el puerto. Allí fueron sorprendidos en la zona de embarque por la Policía Nacional que, al registrar su vehículo, encontró en un doble fondo practicado en el maletero a un ciudadano marroquí al que pretendían trasladar a la Península de manera irregular. Esta persona no podía salir por sus propios medios y su vida corría peligro.
De inmediato la Policía detuvo al hombre y la mujer que viajaban en el coche, a los que ahora se les ha condenado por la comisión de este delito. El varón estaba en prisión preventiva desde el día de su detención mientras que la fémina, en libertad con cargos.
No fue necesaria la celebración del juicio en la Audiencia al existir un acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal, que conllevó, además de una rebaja en la condena, el reconocimiento de la comisión del delito por parte de los dos acusados. Tras la lectura de la sentencia, el tribunal ordenó la puesta en libertad del varón, instando a ambos a abandonar Ceuta, tierra que no podrán pisar durante el tiempo en el que permanece suspendida la condena.