El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta condenó a S.B., un argelino residente del CETI, por un delito contra la libertad sexual ante una menor de 14 años.
El acusado, que vino conducido desde la prisión por la Policía Nacional, reconoció los hechos y aceptó la pena de 1 año de prisión. Además por un plazo de 3 años, tendrá inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad.
De la misma forma, el acusado no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima por un plazo de 3 años. También contará con una libertad vigilada por el periodo de 3 años.
La pena de prisión quedará suspendida por un periodo de 2 años bajo 3 condiciones: no volver a delinquir durante ese periodo, realizar un curso de reeducación sexual y, además, tiene que dar aviso de cada cambio que haga de domicilio.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad judicial ocurrieron hace poco tiempo, concretamente durante la noche del 16 de noviembre, como ya publicó este periódico.
Sobre las 23:40 horas, el acusado se encontraba en las inmediaciones del Poblado Marinero cuando abordó a la víctima menor de 14 años. Buscando satisfacer su impulso sexual, con ánimo libidinoso y con intención de atentar con la libertad sexual de la víctima le realizó tocamientos en sus partes íntimas por encima de su ropa.
Un hecho que lo realizó sin el consentimiento de la menor y que hizo que la niña acudiera rápidamente a una patrulla de la Policía Local que se encontraba en las inmediaciones para pedir su ayuda. Los agentes pudieron dar con el agresor que fue detenido en las inmediaciones del Poblado Marinero. El ahora condenado, con la ayuda de una intérprete, reconoció esos hechos ocurridos en la noche del 16 de noviembre.
No entrará en prisión pero tendrá que cumplir lo impuesto por el Ministerio Fiscal que fue aceptado por él mismo en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en nuestra ciudad.
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