Tribunales y justicia

Condenado a 6 meses de prisión por atentado a un agente de la Policía Local

Los hechos se produjeron en diciembre de 2021, en la zona del Puente Quemadero

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado al llamado H.M.M. a 6 meses de prisión por un delito de atentado contra la Policía Local, pena a la que suma un mes de multa a razón de 10 euros diarios por otro leve de lesiones. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar al agente al que lesionó con 150 euros.

Los hechos a los que hace referencia esta sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se produjeron en diciembre de 2021 en el Puente Quemadero, en el transcurso de un control rutinario llevado a cabo por la Policía Local. Los agentes dieron el alto a un vehículo en el que viajaba el acusado de copiloto, quien profirió expresiones del tipo: “Ya te cogeré cuando estés de paisano, hijo de puta”. En el momento de procederse a la identificación, el ahora condenado le dio una patada en la pierna al agente, siendo detenido por los demás efectivos que integraban ese control, quienes tuvieron que intervenir para arrestarlo ya que opuso resistencia.

La magistrada ha considerado probados los hechos que han derivado en esta condena, partiendo de las manifestaciones prestadas por los policías quienes ofrecieron declaraciones “firmes, coherentes, persistentes y complementarias entre sí”.

Además esa versión coincidente de los distintos policías que declararon viene corroborada por el parte médico de lesiones que fue expedido el mismo día de los hechos describiendo unas lesiones compatibles con una patada.

En su declaración, el acusado reconoció el altercado con los policías, si bien negó las amenazas y la agresión, llegando a acusar a los agentes de haberlo agredido y detenido de manera injustificada. En el vehículo que ocupaba viajaba otra persona que es quien lo conducía, pero cuya declaración no fue aportada para que pudiera validar la versión del acusado.

La comisión del delito de atentado queda verificada por el hecho de que se produjo un ataque contra un policía debidamente uniformado, que además estaba en el ejercicio de sus funciones. El acometimiento consistió en darle una patada, completándose con el posterior forcejeo, lo que terminó produciendo unas lesiones de las que tuvo que requerir asistencia sanitaria.

La pena de 6 meses de prisión se impone en su extensión mínima, así como la multa, con una cuota mucho más cercana al mínimo posible de dos euros que al máximo establecido de hasta 400.

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