EFE
El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado al conductor de un vehículo que provocó un aparatoso accidente en mayo de 2024 tras chocar contra un coche de autoescuela, lesionando a la conductora en prácticas y su profesora, además de causar importantes daños en el turismo tras embestirlo.
El ya condenado había consumido cocaína, tal y como resultó acreditado en los dos test que se le practicaron, uno de ellos de orina. Eso había incidido directamente en la conducción.
Tras el reconocimiento de los hechos, el llamado J.A.H. reconoció haber incurrido en un delito contra la seguridad vial, aceptando la pena impuesta de 12 meses y 1 día de multa con cuota diaria de 10 euros.
A esto se le suma una medida de privación de conducir que estará en vigor durante 2 años, 6 meses y 1 día. En es plazo, de ser sorprendido conduciendo algún vehículo, será sancionado por incumplimiento de la condena dispuesta y ya firme.
Al margen quedan las indemnizaciones que el acusado tuvo que asumir hasta una suma de poco más de 15.000 euros tanto por las lesiones provocadas como por los daños.
Los hechos que han motivado esta condena se produjeron el 8 de mayo de 2024, en torno a las 16:00 horas en la carretera del puerto.
J.A.H. conducía un vehículo modelo Mercedes y lo hacía bajo los efectos de haber consumido drogas lo que hacía que tuviera limitadas sus facultades psicofísicas. Esto se traducía en que no tenía suficiente capacidad de reacción, además de presentar lentitud de reflejos y reducción del campo visual.
El tomar sustancias estupefacientes le impidió conducir de manera atenta y diligente, con la debida seguridad, manifestándose, entre otros síntomas, temblores y movimientos excesivamente lentos, pupilas dilatadas, habla pastosa y movimientos oscilantes de la verticalidad del cuerpo.
Las consecuencias fueron inmediatas: terminó chocando contra un vehículo de autoescuela que estaba prestando una clase de conducción, y lo hizo en plena carretera de servicio, junto al establecimiento Mi Recambio.
El conductor provocó importantes daños en el coche de la autoescuela, pero además causó lesiones a las dos ocupantes que tuvieron que recibir por ello asistencia médica.
La Policía Local practicó in situ las pruebas de alcoholemia, que dieron resultado negativo, pero además se hicieron otras de detección de drogas, el llamado drogotest, homologado y calibrado.
No hubo dudas, dio positivo en cocaína. Con la aceptación de los hechos por parte del detenido, se le practicó otro análisis, este de orina, que evidenció que, efectivamente, había consumido cocaína además de cannabis y benzodiacepinas.
La figura jurídica de la conformidad ha evitado la celebración de vista oral, ya que el acusado ha reconocido los hechos y aceptado por tanto la pena impuesta.
La comisión de este tipo de acción irresponsable tiene sus consecuencias penales como en este caso ha sucedido. Conducir bajo los efectos de las drogas está totalmente prohibido y catalogado además como una acción que conlleva su pena si se demuestra que el consumo de esas drogas afectó de manera negativa en la conducción.
Y es precisamente lo que aquí ocurrió, que el condenado había tomado cocaína hasta el punto de no poder ofrecer una conducción segura, pero aún así tomó el volante de su Mercedes hasta provocar un accidente con lesionados lo que pudo derivar en una auténtica desgracia.
La Policía Local dispone de medios para detectar ese consumo de alcohol o drogas, con el alcotest y el drogotest. De hecho, la Consejería de Gobernación adquirió varios equipos detectores que permiten disponer después de la prueba necesaria para que sea presentada ante la autoridad judicial.
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