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Condenado por amenazar a una médica del SUAP de Otero

El detenido tiene que pagar una multa y cumplir un alejamiento tras amenazas del tipo "cuando te pille fuera te reviento"

El magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta ha condenado a un vecino de la ciudad por un delito leve de amenazas a una médica, hechos que se produjeron en el SUAP de Otero.

La pena fijada en sentencia es de multa de 90 días con una cuota diaria de 7 euros, lo que hace un total de 630 euros. En la sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se impone una medida de prohibición de acercamiento y comunicación con la denunciante a menos de 100 metros durante un periodo de 6 meses.

Esa medida afecta tanto a aproximación de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro sitio en el que puedan encontrarse, amén de mantener o intentar una comunicación con ella.

Los intereses de la profesional sanitaria han estado defendidos por el abogado José Vázquez Ávila.

Así, se considera probado que en la tarde del pasado 20 de junio, la denunciante estaba desempeñando su trabajo en el centro médico de Otero, el SUAP, cuando recibió a un paciente llamado J.J.C., que era acompañado por la fuerza pública en calidad de detenido.

Insultos y crisis de ansiedad

Cuando la médica procedió a negarle la medicación que este solicitaba al no ser adecuada a sus padecimientos, emprendió “con ira bastante y violentamente” a manifestarle las siguientes expresiones: “Mora de mierda, hija de puta como tú eres médico, Shalom, te vamos a hundir todos como en Gaza, cuando te pille fuera te reviento zorra…”, ante lo cual la profesional tuvo que ser asistida por una crisis de ansiedad.

La declaración que la denunciante efectuó en el juicio oral celebrado tiene tal fuerza que constituye prueba de cargo suficiente como para destruir la presunción de inocencia del acusado, después de narrar “de manera firme y concordante lo manifestado en su denuncia inicial ante la Policía Nacional”.

Fue persistente en sus declaraciones, que además fueron “firmes y ausentes de ambigüedades”.

No se contó con el testimonio del denunciado ya que, a pesar de estar debidamente citado, evitó presentarse en la vista oral, comportamiento “muy contrario al de aquella persona que se considera inocente y no tiene inconveniente en dar su versión de los hechos”.

En este caso se ha impuesto una pena de multa de manera elevada dada la gravedad de los hechos y la persona frente a la que se dirigieron, una médica en el ejercicio de sus funciones.

La medida de alejamiento se acuerda dado el temor que tiene la sanitaria al denunciado, así como el peligro que puede correr en caso de que este volviera al centro médico.

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