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Condenada por injuriar en Facebook a una ginecóloga del hospital

Deberá hacer frente a una multa y al abono de una indemnización por los daños causados tras difundir a través de un grupo de Facebook mensajes contra su persona y profesión

Por Carmen Echarri
15/11/2022 - 10:30
interior-hospital-consulta-ginecologia
Imagen de archivo

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El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a una mujer por injurias vertidas con publicidad contra una ginecóloga al haber difundido en redes sociales comentarios atentatorios contra su persona y el ejercicio de su profesión.

Hizo uso del grupo de Facebook ‘Se vende, se cambia, se regala’ empleando un perfil falso para ocultar su auténtica identidad y detallar comentarios despectivos contra la profesional médica.

Se le condena por ello a siete meses de multa, con una cuota diaria de 7 euros, y al abono de una indemnización cifrada en 5.133 euros amén del pago de las costas procesales, tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta.

Se considera probado que la ahora condenada, al haber quedado insatisfecha con una cirugía programada que le fue practicada por esta ginecóloga en el Hospital, optó por dañar su estima profesional y consideración pública con ánimo de “vilipendiar, vituperar y ajar” su imagen.

Así, ocultando sus datos tras un perfil falso, publicó en junio de 2021 una serie de mensajes despreciativos que ponían en evidencia la profesionalidad de la doctora, reclamando de hecho que la cesaran e impidieran ejercer su profesión en el clínico de Loma Colmenar.

Esos comentarios fueron difundidos entre una pluralidad de personas causando en la ginecóloga un gran “desasosiego y ansiedad”.

Hechos denunciados en 2021 con amplia difusión en redes sociales

Queda probado que tras ese perfil falso estaba realmente la acusada, V.A.R.R., y también que los comentarios vertidos eran incompatibles con una libertad de expresión por cuanto no se tuvo en cuenta su “veracidad”. El hecho de usar determinadas expresiones “plenamente innecesarias” como las palabras “barbaridades” o “destrozar a otra muchacha” implica la intención de la ya condenada de “zaherir con la exposición de hechos y denigrar la integridad moral de su querellante”.

El tono empleado para esos comentarios superaba los niveles permitidos. En sentencia, recoge el titular del Juzgado de lo Penal 2 cómo en la autoría del delito de injurias “no se aprecia circunstancias que modifiquen la responsabilidad penal, como tampoco una causa de inexigibilidad de una conducta adecuada a la norma en la persona” de V.A.R.R.

Los intereses de la ginecóloga vilipendiada han estado defendidos por la abogada Fatima Hamed, que ejerció de Acusación Particular, contando también con el respaldo del Ministerio Fiscal.

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El Colegio de Médicos respaldo a la profesional al constatar su buena actuación

Los hechos por los que ahora se dicta sentencia ocurrieron en 2021 cuando, tras una operación, la condenada hizo uso de Facebook para publicar mensajes injuriosos, generándose un debate en el que incluso se instó a conseguir que le quitaran el título y despidieran.

Daba nombre y apellidos de la profesional, acusándole además de haber destrozado la vida de la paciente. Escondida tras un perfil falso, extendió esa supuesta mala práctica a más situaciones, cuando la misma no se había producido en ningún momento.

La ginecóloga puso de manifiesto el daño psicológico sufrido por la exposición pública a la que se vio sometida, algo que le afectó en su vida personal y ámbito laboral además del plano psicológico.

En su derecho a la defensa, V.A.R.R. optó por contestar únicamente a su abogada, negándose a atender las cuestiones formuladas por la Acusación. Es precisamente “ese silencio” el que, tal y como se apunta en sentencia, también ha llamado la atención y ha sido valorado.

“Si bien no constituye prueba de su participación esencial en su publicación, supone un aval de la veracidad de su implicación en la escritura y difusión de la imputación” denunciada por la médica. Es por tanto un elemento a tener en cuenta en el momento de valorarse las auténticas pruebas.

El empleo de determinados términos demostró el ánimo de “zaherir” y “denigrar”

Esta sentencia cobra importancia más allá del caso en concreto, ya que los hechos se produjeron en un periodo en el que el Colegio de Médicos tuvo que mostrar públicamente su malestar por varias incidencias sucedidas en redes sociales contra profesionales de la sanidad.

Las redes sociales fueron empleadas para calumniar y amenazar a médicos, como en este caso concreto para injuriar a una ginecóloga del clínico de Loma Colmenar, haciéndose hincapié en el “acoso interrumpido” que se registró a través de las redes sociales.

De hecho tras los varios ataques de esta índole sufridos por sanitarios, el Colegio optó por recoger en su página web un protocolo con todos los pasos a seguir en el caso de que un profesional sufriera abusos, al objeto de poder así encontrar la vía de herramienta adecuada para denunciar a través del órgano que decidan.

Tags: IngesaJuzgadosTecnología

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