El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a una joven por un delito de falsedad documental.
La acusada aceptó una pena de seis meses de prisión y el pago de una multa de seis meses, con una cuota diaria de tres euros. No obstante, la privativa de libertad quedó suspendida por dos años, al carecer la joven de antecedentes penales.
Durante ese periodo, la penada no podrá cometer ningún delito, pues de hacerlo se revocaría el beneficio y debería cumplir esta condena junto con la nueva sanción penal.
Los hechos se remontan al 22 de noviembre de hace dos años, alrededor de las 15:01 horas, cuando un vehículo Audi propiedad de la acusada circulaba por el punto kilométrico 11 de la A-381. Un radar detectó que el coche superaba la velocidad permitida, lo que generó una denuncia automática por parte del Centro de Tramitación de Infracciones de Tráfico.
Como es habitual en estos casos, la notificación de la multa y de la pérdida de seis puntos del permiso de conducir fue remitida al domicilio de la joven, situado en la Barriada Juan Carlos I. La sanción implicaba un impacto directo en su saldo de puntos.
Fue entonces cuando la acusada decidió evitar la pérdida de puntos y poner en marcha un plan para desviar la responsabilidad, pese a ser ella la conductora en el momento de la infracción.
Con ese propósito, la mujer procedió a identificar falsamente en el boletín de denuncia a un perjudicado, utilizando para ello el número de DNI de dicha persona. No quedó acreditado cómo obtuvo esos datos personales.
La acusada presentó esa identificación como si el perjudicado hubiese sido el conductor del vehículo, aun sabiendo que era información falsa y que pasaría a formar parte del expediente sancionador en curso.
Como resultado, la víctima recibió en su domicilio la notificación de la sanción enviada por Tráfico, circunstancia que motivó que presentara una denuncia al comprobar que él no era el responsable de la infracción.
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