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Condenada por eludir el pago a la Seguridad Social montando otra empresa

La empresa Construyem SL presentaba una deuda con la Seguridad Social de 120.239,59 euros

Por D.N.
09/06/2022 - 07:00
seguridad social
Imagen de archivo

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La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó a N.M.Z. por un delito contra la Seguridad Social. La acusada reconoció los hechos y aceptó la pena de 3 meses de prisión, así como el pago de una multa de 30.000 euros con 3 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Además, la acusada deberá abonar en concepto de responsabilidad civil la cantidad de 120.239,59 euros. El Ministerio Fiscal no se opuso a que la acusada no entrara en prisión, pero condicionando esta decisión al pago de las multas. El acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este miércoles.

Los hechos a los que se hizo referencia en este juicio ocurrieron en 2019. La acusada guiada por el animo de procurarse un beneficio patrimonial ilícito y eludir el pago de las cantidades debidas a la Seguridad Social, constituyó la sociedad mercantil Mantenimientos y Limpiezas el Ceitil en el año 2019 con la única finalidad de eludir el pago de las deudas contraídas con la Seguridad Social por Ia empresa Construyem SL constituida en 2014, resultando que ambas empresas tienen el mismo objeto social, el mismo administrador y el mismo autorizado RED.

La acusada reconoció los hechos y aceptó la pena de 3 meses de prisión, así como una multa

La empresa Construyem SL presentaba una deuda con la Seguridad Social de 120.239,59 euros, sin excluir recargos e intereses de demora, habiéndose construido la sociedad mercantil Mantenimientos y Limpiezas el Ceitil en el año 2019 con el objeto de parecer una empresa distinta no responsable de las obligaciones contraídas con la Seguridad Social.

La acusada, en virtud de poder notarial de 18 de mayo de 2015 otorgado por el administrador y socio único de dichas empresas, ha venido gestionando y dirigiendo las sociedades y adoptando las decisiones relacionadas con el giro comercial de las mismas, habiendo reconocido desde el comienzo del procedimiento que la finalidad de la creación de dichas entidades mercantiles fue evitar la satisfacción de las deudas contraídas con la Seguridad Social.

Tags: EmpresasJuzgadosSeguridad Social

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Comments 1

  1. Borreguismo 2.0 comentó:
    hace 4 años

    Pelluqueria? o otra hamburgueseria de confidendes?

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