El subsidio para mayores de 52 años, que también beneficia a los vecinos de Ceuta, es una ayuda fundamental del SEPE diseñada para proteger a quienes han agotado sus prestaciones y enfrentan dificultades de reinserción laboral debido a su edad. Pero, un aspecto crítico para mantener este derecho es presentar cada año la Declaración Anual de Rentas (DAR); de lo contrario, se podría dejar de percibir la ayuda.
Requisitos principales para acceder a la ayuda
Para ser beneficiario, es obligatorio tener 52 años cumplidos en la fecha del hecho causante y encontrarse en una de las siguientes situaciones: haber agotado una prestación contributiva o acreditar una situación legal de desempleo habiendo cotizado al menos 90 días.
Desde el 1 de noviembre de 2024, si se agota la prestación contributiva, ya no es necesario esperar el mes de carencia para solicitarlo.
Otros requisitos indispensables incluyen:
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el acuerdo de actividad.
- Acreditar que se cumplen todos los requisitos para la jubilación, excepto la edad.
- Haber cotizado por desempleo al menos seis años en España a lo largo de la vida laboral.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza.
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Recuerda que tiene que presentar cada año una Declaración Anual de Rentas (DAR) para poder seguir percibiendo el subsidio.
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— SEPE (@empleo_SEPE) December 29, 2025
Documentación y plazos de solicitud
El interesado debe presentar el modelo oficial de solicitud, que incluye una declaración responsable de ingresos.
Además, es necesario aportar un documento de identificación en vigor (DNI, pasaporte o TIE según la nacionalidad) y un documento bancario donde figure el número de cuenta de la cual el solicitante sea titular. También se requiere la declaración del IRPF del último ejercicio fisca.
Es vital realizar el trámite en el plazo de quince días siguientes al hecho causante para que el derecho nazca al día siguiente de dicho evento; si se pide fuera de plazo, el subsidio comenzará el mismo día de la solicitud.
Incompatibilidades importantes
No todos los desempleados pueden acceder a esta ayuda.
Desde el SEPE aclaran que si has percibido o agotado la Renta Activa de Inserción (RAI), el subsidio extraordinario por desempleo o la prestación por cese de actividad, no podrás acceder al subsidio para mayores de 52 años.






