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¿Por qué es clave el hallazgo de los restos de Mohamed Alí?

La Policía Nacional localizaba en un punto de difícil acceso ubicado en las inmediaciones del paraje de Fuente la Higuera, en García Aldave, restos humanos que a expensas de los preceptivos análisis de ADN se cree con toda probabilidad que se corresponden con el cadáver de Mohamed Alí, el menor desaparecido el 13 de enero de 2022, en Ceuta.

Si la hipótesis de los agentes se confirma, su cuerpo podría ser clave para calificar jurídicamente el crimen y corroborar o no los detalles aportados por dos de los investigados sobre las circunstancias de su muerte.

Fuentes judiciales han explicado a este periódico que en primer lugar será necesario certificar científicamente que los restos localizados por el operativo desplegado en el entorno de Finca Serrano son efectivamente los del chico, para lo que serán determinantes los análisis de ADN que se les practiquen.

A partir de ahí, el cuerpo podría respaldar o no, si se recuperan elementos como el cráneo de la víctima, múltiples detalles de la reconstrucción realizada de lo acontecido en base a las pruebas recabadas por la Policía y las declaraciones de dos de los tres detenidos.

Entre ellos, uno de los más trascendentes es si efectivamente pereció de un golpe en la cabeza por la espalda, con lo que la calificación de los hechos se consolidaría como asesinato (el presunto delito por el que los investigados han sido encerrados este miércoles en la prisión de Loma Mendizábal y el Centro de Reforma de Punta Blanca) y no como homicidio, el tipo por el que fueron arrestados el lunes.

La principal diferencia entre el homicidio y el asesinato es que el segundo se considera una forma agravada del primero por las circunstancias en las que se produce la muerte: alevosía, ensañamiento o precio, recompensa... Las penas por homicidio doloso van de 10 a 15 años de cárcel, mientras que por asesinato se elevan a un cuarto de siglo y pueden llegar a prisión permanente revisable.

La aparición del cuerpo no es un elemento determinante para condenar a un acusado si existen otras pruebas con peso. El Supremo estableció en 2018 que en nuestro ordenamiento jurídico penal no es imprescindible que aparezca el cuerpo sin vida de la víctima y se le practique autopsia para la condena por homicidio, aunque es mucho menos factible por asesinato.

Los investigados sí se librarían, en caso de confirmarse que los restos hallados son los del cuerpo de Alí, de una condena adicional, ya que el Código Penal prevé actualmente penas de prisión de entre seis meses y dos años para quienes, teniendo conocimiento del paradero del cadáver de una persona, oculten de modo reiterado tal información a los familiares o allegados de la misma.

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