La consejera de Presidencia del Gobierno de Ceuta, Mabel Deu, ha precisado este jueves en el Pleno que el nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad aprobado provisionalmente por el Pleno todavía está pendiente del visto bueno definitivo del Ministerio de Transportes, al que le corresponde darle luz verde.
El Ejecutivo local sigue confiando en obtenerla “antes” de que termine 2022.
“En junio se nos comunicó informalmente que teníamos que completar el expediente enviado con otros informes y rectificar algunos errores materiales y aritméticos con el fin de evitar cualquier tipo de recursos que pudiera conllevar su anulación tras su aprobación definitiva, algo que ha sucedido en otros territorios”, ha ampliado la también vicepresidenta Primera sobre la necesidad de ser “garantistas”.
El MITMA ha pedido informes de minas, de montes, de aplicación de la Ley del Sector Eléctrico, sobre su impacto en menores y familia, en relación con el cambio climático o aclaraciones de la Autoridad Portuaria.
“Estamos en la fase final de redacción de la memoria de viabilidad económica de cada actuación urbanística prevista, pero su elaboración requiere de un alto grado de especialización y esperamos tenerla en noviembre para conseguir la aprobación definitiva del Plan antes de final de año”, ha avanzado.
El diputado no adscrito José María Rodríguez, que ha formulado una interpelación al respecto, ha agradecido las explicaciones de Deu y ha deseado que la tramitación del nuevo PGOU se complete “en un tiempo corto” para que no siga parcialmente paralizado un sector económico como el de la Construcción.
El consejero de Fomento, Alejandro Ramírez, elevó al Ministerio el 12 de mayo el documento aprobado por el Pleno el 29 de marzo con los votos a favor de PP, PSOE y MDyC. Ahí empezó a correr el plazo de 6 meses con que cuenta el Gobierno central para resolver. En caso de silencio se entendería como positivo.
La aprobación definitiva del PGOU de Ceuta por parte del Estado es un acto resolutorio sustantivo “que culmina el procedimiento” y que supone un doble control, por un lado de legitimidad (ya que se comprueba que el documento se ajusta al ordenamiento urbanístico, tanto en el aspecto jurídico formal como en el jurídico material) y por otro de oportunidad.
En esta fase el ministerio podía apreciar defectos formales en la documentación o procedimiento seguido, como ha ocurrido, con lo que devuelve el expediente para que se cumplimenten los requisitos omitidos o se subsanen los vicios procedimentales cometidos. Una vez formalmente completo podrá aprobarlo de manera “pura y simple” o exigir subsanaciones de distinto calibre en función de si detecta necesidad o no de modificaciones sustanciales.
¿Ahora sí, después de 20 años?
No se trata sólo de aprobarlo sino de ejecutarlo.