Hace unos días, quise realizar el trámite de solicitar una factura en soporte físico referente al suministro de agua, factura ya abonada pero aún sin recibir en mi domicilio. Decidí entonces acercarme a las oficinas de la empresa como paso previo y necesario para poder efectuar una reclamación, dado que el cargo lo consideré excesivo para lo que habitualmente y durante todo el año he venido abonando. Mi sorpresa fue comprobar que en la ciudad seguíamos con los mismos tics de siempre. No pude acceder presencialmente a la oficina administrativa encargada de la expedición de dicha facturación, por la existencia de un servicio de cita previa obligatoria como único modo a través del cual acceder, a pesar de encontrarse la sala de espera y las oficinas vacías de ciudadanos. Miré entonces las noticias a través del móvil por si se había decretado una nueva alerta sanitaria por epidemia de gripe A, aviar, COVID, herpes, neumococos u otra. La angustia que me invadió quedó superada cuando comprobé que la situación era de normalidad absoluta, sanitariamente hablando, ¡claro!
Puede entenderse que durante la pandemia y como medida de salud pública tomada por las autoridades sanitarias se limitaran en aquellas circunstancias los derechos individuales, entre ellas, la imposición de una cita previa obligatoria para los servicios de atención ciudadana, incluso para algo tan básico como solicitar una factura que ya debería haber recibido si se hubiera actuado con la diligencia debida. Soy de la opinión de que una vez desaparecida la excepcionalidad de la alerta sanitaria, la imposición de una cita previa obligatoria para acceder a las oficinas de cualquier administración pública sea local, autonómica o del Estado atenta gravemente contra mis derechos constitucionales.
Los ciudadanos tenemos la potestad de relacionarnos con cualquier administración pública por cualquier canal sin necesidad de que esta, cualquiera que sea, nos imponga alguna restricción a la forma de hacerlo y la cita previa no debe dejar de ser una forma voluntaria de ejercer ese derecho. Exigir su obligatoriedad, es una imposición ilegal que atenta contra nuestra dignidad y derechos, pero lo que más llama la atención es sin duda el desconocimiento de aquellos administrativos que niegan que su sociedad sea pública y por lo tanto, que esté sujeta a los controles que la propia ley determina según su propio régimen jurídico, ignorando que a pesar de no tener la calificación de funcionario, SI que son trabajadores estatutarios prestando un servicio público en una sociedad del ayuntamiento. Esta negación de lo evidente es de una gravedad alarmante, pero aún lo es más, cuando pretende también obligar indiscriminadamente, a que la cita previa sea solicitada por medios telemáticos, pudiendo llegar a convertirse en un obstáculo insalvable para algunos administrados e incluso privarles de su derecho de acceso a la administración pública, sobre todo a las personas mayores de 65 años.
“En Ceuta estamos aún a la espera de que se nos devuelva el pleno ejercicio de un derecho que continúa limitado”
En Ceuta estamos aún a la espera de que se nos devuelva el pleno ejercicio de un derecho que continúa limitado, actuando de forma arbitraria y me atrevería a decir que ilegal cuando esta deja de ser una opción o una modalidad para el ciudadano y se convierte en un requisito obligatorio y necesario para poder acceder a la administración sin alternativa posible. Lo que era una innovación ha pasado a convertirse en una imposición injusta e injustificada, que comporta una restricción indebida en el derecho de las personas a acceder a los registros y dependencias administrativas dentro del horario de atención al público.
No deben olvidar los responsables de los organismos públicos de esta ciudad, que los modelos administrativos deben construirse siempre en función de las necesidades de los ciudadanos y no al revés. Error que se comete con demasiada frecuencia en esta ciudad y que sus ciudadanos siempre debemos tener presente. La degradación es manifiesta entre lo que debe ser y lo que es actualmente nuestra caótica administración local después de 20 años sin corregir ni aportar absolutamente nada a la gestión y organización de las sociedades de carácter público dependientes de este Ayuntamiento, en las que su propio personal estatutario niega sin rubor el carácter público de la sociedad donde trabaja y el pleno sometimiento a la Ley que esta debiera tener, es lo realmente preocupante.
Estos políticos que padecemos han hecho buena incluso la Ley de procedimiento administrativo de 1958, donde se decía en tiempos de la dictadura que: Uno “El horario de despacho al público en las Oficinas de la Administración deberá ser coordinado entre los distintos centros de una misma localidad y uniforme en cada uno de ellos, y lo suficientemente amplio para que no se causen pérdidas de tiempo a los interesados”.
Dos “En caso de afectar el servicio a gran número de administrados, se habilitará un horario compatible con el laboral”.
“Tenemos la potestad de relacionarnos con cualquier administración pública por cualquier canal”
Lo importante no era lo que decía, sino que se cumplía, porque su articulado ha quedado ampliamente superado en cuanto a derechos para los ciudadanos, por la Constitución española, por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por los Reales Decretos, por las cartas de servicio y por una largo articulado y sentencias que viene a coincidir siempre en lo mismo: “que el servicio a los ciudadanos exige, además, que la estructura de la administración pública, se ajuste a la realidad social y por ello, debe reordenarse en función de la demanda de los ciudadanos” y “ que el servicio a los ciudadanos es el principio básico que justifica la propia existencia de la administración y que este espíritu de servicio es lo que debe presidir su entera actividad, por ello el ciudadano tiene el legítimo derecho a recibir servicios públicos de calidad”.
Cuando menciono el cumplimiento de lo prometido y lo legislado, la realidad en Ceuta es muy diferente, aquí se sigue aplicando normativas excepcionales a situaciones ordinarias. Se dificulta el acceso de la ciudadanía a los servicios públicos vulnerando el ordenamiento jurídico aplicable. La Administración somete a los ciudadanos a la arbitrariedad y designios vulnerando principios constitucionales en lugar de ser un ente instrumental para servicio de estos, llegando a actuar contrariamente al criterio manifestado por su propio partido en el Senado. Aquí se quiere olvidar que el PP Nacional presentó una moción instando al Gobierno a garantizar la administración abierta sin necesidad de cita previa, a reforzar la citación y atención presencial e intensificar la atención prioritaria y preferente para los mayores de 65 años. Esta moción del PP fue aprobada por unanimidad del Senado el pasado 26 de abril de 2023, pero en Ceuta se sigue incumpliendo lo que ellos mismos propusieron, acrecentando la sensación de frustración e impotencia ante señores que ignoran que están para servir y no para ser servidos.
Eso me pasó a mi, fui a una oficina municipal, que se encontraba totalmente vacia de publico, y cual es mi sorpresa que me dicen que tengo que pedir cita previa, les contesté con toda la mala lait del mundo, oiga, si se están tocando los pinreles y no hay nadie, metanse la cita previa por alli mismo.
Sr.Contreras: Magnífico escrito el suyo, pero de nada va a servir porque todo eso, se lo van a pasar por el forro de la chaqueta, por no decir una grosería. Como Ud. muy bien dice, esos empleados públicos piensan, creen y están convencidos, de que son ellos a los que hay que servir, y no están para servir.