Ante la gran cantidad de dudas que se generan en torno a la tramitación y al cobro del paro, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece algunas respuestas rápidas para aquellos solicitantes, incluyendo vecinos de Ceuta, que tienen un sinfín de interrogantes sobre lo que deben hacer y cómo deben hacerlo.
Sin bien la lista de preguntas puede llegar a ser mucho más larga, a continuación las 5 más frecuentes:
1. ¿Cómo puedo solicitar a través de Internet la prestación contributiva por desempleo?
Para solicitar una prestación contributiva a través de Internet se necesita certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve, y estar inscrito o inscrita como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico o si reside en Ceuta o Melilla, en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Por otro lado, también se puede formalizar una solicitud provisional de acceso a la protección por desempleo enviando un formulario de presolicitud.
2. ¿Cómo sé si mi solicitud de prestaciones está aprobada o denegada?
Presentada la solicitud de prestaciones, el Servicio Público de Empleo Estatal está obligado a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla a la persona interesada.
Una vez sea resuelta la solicitud de prestaciones, el interesado recibirá en su domicilio o en el que haya facilitado para las notificaciones, la resolución del SEPE comunicándole si su solicitud ha sido aprobada o denegada, indicando también los motivos en este último caso.
3. ¿Cómo solicito la tarjeta de demanda de empleo?
Si resides en Ceuta o Melilla, tienes que inscribirte como demandante de empleo en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal que te corresponda por tu domicilio, con un documento de identificación (en caso de ser extranjero o extranjera, también el permiso de residencia y/o trabajo), la cartilla de la Seguridad Social (en el supuesto de ser extranjera o extranjero, este documento lo aportarás si has trabajado antes en España) y justificantes de titulación profesional o académica, si estás en posesión de alguna.
4. ¿Tengo que ir personalmente a solicitar el paro o subsidio?
Solicitar una prestación por desempleo es una obligación personal. Puede solicitarla a través de la Web del Servicio Público de Empleo Estatal siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.
También puede presentar la solicitud presencialmente en la oficina de prestaciones (oficina de empleo en el caso de Ceuta y Melilla) que le corresponda según su domicilio, previa petición de cita a través de Internet o llamando por teléfono.
Por otra parte, para formular la solicitud por medio de representante, deberá acreditar tal representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante tu declaración en comparecencia personal.
5. ¿Puedo cobrar el paro tras una baja voluntaria?
Si abandona un trabajo de forma voluntaria, no puede percibir la prestación por desempleo ya que según establece la normativa legal, para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo.