Fue detenido el 19 de agosto en el puerto y ayer aceptó la condena. La pena, suspendida. La acción policial, clave
Escondida en un espacio oculto habilitado para la ocasión en la furgoneta de su propiedad. Esta era la situación en la que viajaba una mujer el 19 de agosto pasado y por ser responsable de ello, un ciudadano marroquí fue condenado ayer a dos años de prisión por el tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta.
De tal manera, tras reconocer los hechos, acusado mostró conformidad con la pena que para él solicitaba el Ministerio Fiscal en base a la comisión de un delito contra el derecho de los ciudadanos extranjeros y aceptó así los dos años de cárcel mencionados, si bien la pena quedó suspendida, de modo que evita el ingreso en la cárcel.
Quedó por tanto probado por la Justicia española el hecho delictivo cometido por el individuo en cuestión, quien sobre las 21:30 horas del 19 de agosto del presente año, sin que contara a día de ayer con antecedentes penales, se encontraba en la Estación Marítima con el propósito de embarcar en el trasbordador con destino a Algeciras, cuando fue requerido por agentes de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado que prestaban servicio de vigilancia y control de vehículos en la zona de embarque del puerto, a fin de examinar el vehículo que el condenado conducía de su propiedad, tipo una furgoneta, en concreto.
Una vez inspeccionado el vehículo, se encontró en el interior de un doble fondo practicado en los asientos delanteros del vehículo a una mujer indocumentada a la que el condenado pretendía introducir ilegalmente en la península, al carecer de documentación que le habilitase para su entrada, tratando de esta forma de eludir los controles policiales existentes.
Por tal motivo, el hombre resultó ayer condenado por el tribunal juzgador de la Audiencia de Cádiz en nuestra ciudad. No obstante, es preciso señalar que, como destacó el Ministerio Público en su escrito, en momento alguno se temió por la vida de la mujer que iba oculta, de modo que el hueco estaba habilitado de manera tal que le permitía tener la refrigeración necesaria para no llegar a correr serio peligro. Este hecho, así como el reconocimiento del condenado, derivó en que la pena impuesta sufriera una merma sensiblemente inferior a la que un principio se enfrentaba.
Por último, cabe destacar que el tribunal juzgador de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta resuelve de tal modo un nuevo caso de esta índole, éxito judicial que es posible, en imprescindible medida, por la buena acción policial previa, efectuada en las dependencias portuarias.





