Ninguno de ellos deberá ingresar en prisión porque la pena es sólo de tres meses de cárcel. La Audiencia, paralelamente, absuelve a Agustín M. y a Antonio M.
El tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado sentencia condenatoria para dos de los cuatro acusados en el caso del Llano de las Damas. Uno de ellos es el magnate de las carreras de coches José Ramón Carabante, dueño del equipo ‘Hispania Racing F1 Team’, y el otro es su amigo Carlos Bárcena. La pena que se les ha impuesto a ambos es de tres meses de prisión, que no deberán cumplir, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 450 euros (Un mes y quince días de multa a razón de diez euros la cuota) para cada uno. El tribunal los declara autores criminalmente responsables de un delito de apropiación indebida. Por su parte, los otros dos acusados, Agustín M. y Antonio M., han sido absueltos del mismo delito al entender la Audiencia que no había prueba alguna de su participación en los hechos. Los dos condenados llegaron a un acuerdo con el Ministerio Fiscal antes de la celebración del juicio por el que ellos reconocían los hechos y devolvían el dinero a los afectados, mientras que el Fiscal rebajaba la pena que solicitaba contra ellos.
La Audiencia da por probado que en el año 1997 Carlos Bárcena, Antonio M. y Agustín M. constituyeron una sociedad para la actividad, negocio y promoción inmobiliaria de la que era administrador únicos José Ramón Carabante. Esta sociedad se encargó de la promoción de una futura construcción de viviendas en la finca del Llano de las Damas. Con tal fin se suscribieron multitud de contratos y los compradores abonaros cantidades económicas anticipadas mediante ingresos bancarios. Cada afectado pagó entre uno y dos millones de pesetas que terminaron pendiendo. De la cantidad que la entidad constituyó para atender los costes de construcción los acusados Carlos Bárcena y José Ramón Carabante dispusieron de sumas de dinero para otras finalidades, incumpliendo las obligaciones legales. De hecho, este extremo fue reconocido por ambos acusados en el momento del juicio oral, admitiendo así la comisión del delito que se les imputaba.
Respecto de los otros dos acusados, el tribunal entiende que no existe prueba alguna que respalde su participación en la distracción de fondos protagonizada por los dos condenados. Por ello los termina absolviendo.
Fin a catorce años de angustias
Aunque la sentencia todavía no es firme no parece que ninguna de las partes vaya a recurrirla, ya que los absueltos no tendrán interés y los otros dos reconocieron los hechos. Por tanto, con la conclusión del proceso judicial del caso del Llano de las Damas se pone el cierre definitivo a un drama que afectó a más de medio centenar de familias ceutíes y que supuso uno de los mayores escándalos inmobiliarios que han tenido lugar en la ciudad. Catorce años ha tardado el proceso en concluir. Catorce años de sueños, esperanzas, desánimo, desasosiego y, finalmente, alegría tras la devolución del dinero que en su día invirtieron para la compra de unas viviendas que jamás de construyeron.