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Entre ellas, que los menores que la incumplan no sean sancionados pecuniariamente
Caballas ha presentado una serie de alegaciones a la Ordenanza de Limpieza, donde la más importante se centra en las multas a los menores. Para Caballas, la ordenanza prevé que en los casos en los que los infractores sean menores de edad, las sanciones recaigan sobre sus padres/madres o tutores/tutoras legales. Caballas considera que esta derivación de responsabilidades hacia la familia implica, en la práctica, ‘exculpar’ a los infractores, lo que es desde el punto de vista pedagógico muy poco recomendable. Los menores deben ser educados en el principio de responsabilidad, según una nota pública de la coalición localista.
Por otro lado, las sanciones a menores, con carácter general y en materia medio ambiental especialmente, deben tener una dimensión pedagógica. Más allá del ‘castigo’, “lo realmente importante es que los infractores tomen conciencia de las consecuencias de sus actos y de este modo, asuman pautas de comportamiento adecuadas en orden a preservar el medio ambiente. Por ello consideramos que las sanciones para los menores no deben ser pecuniarias (los menores con carácter general no tienen posibilidades económicas) sino que deben sustanciarse en horas de trabajo en servicios a la comunidad de carácter medio ambiental”.