La Ciudad Autónoma de Ceuta ha impuesto una sanción económica por infracción urbanística al responsable de un bar-cafetería que operaba sin la preceptiva licencia de apertura en la conocida carretera de Benítez. Así lo recoge el anuncio publicado este miércoles, 7 de mayo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dentro del suplemento de notificaciones relativas a procedimientos sancionadores.
El expediente, promovido por la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, detalla cómo los servicios de la Policía Local detectaron el 10 de octubre de 2023 el funcionamiento de un establecimiento sin autorización en el número 13 de dicha carretera. El local, regentado por un ceutí, fue objeto de una inspección tras la cual se constató la infracción.
Según consta en el documento oficial, el titular fue sancionado en primera instancia mediante un decreto fechado el 13 de octubre de 2023, al incurrir en una infracción tipificada como grave en la Ordenanza de Licencias de Apertura de Ceuta. Esta normativa, vigente desde 2010, establece que toda actividad debe contar con licencia municipal antes de comenzar a operar. En este caso, la sanción económica fijada ascendía a 750,10 euros, el mínimo previsto para estas situaciones.
Otro ceutí obtuvo autorización para el bar
Pero la historia no termina ahí. En abril de 2024, otro ceutí solicitó y obtuvo una licencia de apertura y funcionamiento para un bar-cafetería en el mismo local, una vez tramitada conforme al proyecto técnico y cumpliendo las condiciones del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP). Este hecho refleja que, aunque el espacio puede acoger legalmente dicha actividad, su uso previo sin autorización ha motivado una respuesta sancionadora por parte de la Ciudad.
Un nuevo decreto, fechado en marzo de 2025, volvió a poner en marcha el procedimiento sancionador, tras otra denuncia policial de octubre del año anterior. En esta ocasión, se agravó la posible sanción, estableciéndose una horquilla que oscila entre los 750,10 y 1.500,10 euros, en función de la valoración final de la gravedad de la infracción.
El infractor no presentó alegaciones en el plazo legal habilitado, por lo que la resolución ha continuado su curso hasta hacerse pública este miércoles a través del BOE. La publicación se realiza al no haberse podido practicar la notificación personal, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
La licencia no es un trámite, es una exigencia legal
Desde la Ciudad Autónoma se recuerda que el otorgamiento de una licencia urbanística no es un mero trámite formal, sino una exigencia legal que garantiza que las actividades económicas se desarrollen en condiciones de seguridad, salubridad y respeto al entorno. La normativa vigente contempla incluso la pérdida de eficacia de la licencia si no se mantienen las condiciones autorizadas durante toda la vida útil del negocio.
Además de la sanción, el procedimiento ha servido para reiterar la competencia municipal en esta materia. De hecho, el expediente ha sido firmado por el consejero de área, Alejandro Ramírez, en virtud del decreto de organización funcional publicado en junio de 2023. La resolución está basada en leyes estatales y locales que facultan a la administración ceutí para intervenir en casos de urbanismo y disciplina administrativa.
¿Qué puede hacer el sancionado?
El sancionado dispone ahora de un plazo de un mes para presentar recurso potestativo de reposición o de dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa, si decide impugnar la resolución.
Este caso recuerda la importancia de regularizar la actividad económica antes de iniciar cualquier tipo de explotación comercial. En una ciudad como Ceuta, donde la convivencia vecinal y el cumplimiento normativo son claves para el desarrollo urbano, operar sin licencia puede salir caro.