El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ceuta ha acordado el sobreseimiento libre de las actuaciones iniciadas por una empresaria hostelera, Ana Martín, contra el director del Área de Fomento de la Delegación, Diego Martínez, al que atribuía presuntos delitos de revelación de secretos, tráfico de influencias, amenazas y prevaricación.
En su duro auto con la denunciante se concluye que “no se aprecia por ningún lado desviación de la norma ni tampoco que las decisiones tomadas por el denunciado fueran arbitrarias o caprichosas”.
El motivo de la causa tenía su origen en la adjudicación del chiringuito del Pozo de la Sardina de la playa de la Ribera que la denunciante, que rompió su amistad con el responsable de Costas por los trabajos de cribado de arena del verano de 2022, quería y no logró seguir gestionando en 2023.
El juez no encuentra delito de revelación de secretos en las conversaciones de febrero de 2022 de ambos por Whatsapp, ya que no hablan de “secretos” y es la propia denunciante la que “incita” a su interlocutor a hablar más sobre el procedimiento de concesión de la autorización que finalmente consiguió.
“Bien parece que es la propia denunciante la que confundía aquella relación profesional con una personal más, como indican algunos de mensajes como ‘te estoy escribiendo como amiga”, apunta el auto.
Con respecto al tráfico de influencias el juez no es menos contundente: “La denunciante acepta lo que le interesa y rechaza y denuncia cuando finalmente no obtuvo la resolución favorable que le interesaba”, aprecia el magistrado, que considera “centrado” el carácter profesional del denunciado.
Tampoco concurren “elementos bastantes” en el caso para mantenerlo abierto por amenazas una vez contextualizada su advertencia de que podía “quitar la licencia” por incumplimientos con la concesión. “La expresión ‘estoy hasta los cojones’ mostró”, valora el juez, “el aguante que el propio denunciado tuvo en el asunto, expresión testificada penalmente”.
Para terminar y con respecto a la supuesta prevaricación en la adjudicación del chiringuito para 2023 el instructor ha estimado que “en aquel procedimiento concurrieron únicamente meros defectos de forma, subsanables, como así se hizo, sin que se haya justificado los elementos del tipo penal pretendido”.
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