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Archivada la causa por blanqueo contra dos hermanos: el final definitivo al macrojuicio más mediático

Ambos estaban en busca y captura desde el año 2019 cuando la Guardia Civil llevó a cabo esta investigación a la que se le dio carpetazo judicial tras la sentencia absolutoria que dictó la Audiencia | Ahora el Juzgado de instrucción indica que, si no hay delito, no se les tiene siquiera que tomar declaración

El magistrado titular del Tribunal de Instancia Sección Civil y de Instrucción plaza número 1 de Ceuta ha dictado un auto de sobreseimiento libre y archivo de la causa seguida por blanqueo de capitales contra dos hermanos que no pudieron ser juzgados en octubre de 2024 por la Audiencia, en la que fue la mayor vista celebrada en la ciudad por este tipo de delito.

 Un procedimiento judicial que partió de una investigación del OCON-SUR y que terminó en nada. Esta resolución supone el final definitivo al macrojuicio más mediático.

Se anula, además, la orden de busca y captura que se cursó contra los dos hermanos, se levantan todas las medidas cautelares y quedan liberados de cualquier tipo de vinculación con el blanqueo.

Carpetazo judicial completo

No tendrán que ser juzgados ni existen medidas de la que deban responder, dándose así carpetazo completo a una investigación de la Guardia Civil que se ejecutó en el año 2019 y ha terminado sin condenas.

La Audiencia ya había absuelto a los 12 acusados que sí se sentaron en el banquillo, entre ellos una agente de la Policía Local. Todos quedaron absueltos, adquiriendo firmeza esta resolución al no presentar recurso la Fiscalía.

No dudaron en mostrar su malestar con el fondo de las investigaciones del Instituto Armado cursadas contra ellos. En el caso de estos dos hermanos, nunca pudieron ser localizados por los investigadores, no se sentaron en el banquillo ni tampoco lo tendrán que hacer ya.

Una sentencia contundente con consecuencias claras

Desde el momento en el que se ha dictado este auto, los dos hermanos no tienen cuentas con la justicia. Uno de ellos, cuyos intereses han sido defendidos por el abogado Fidel Rodríguez Márquez, llegó a ser señalado como cabecilla en el marco de las investigaciones de la Guardia Civil en las que se sostuvo el escrito de acusación de la Fiscalía.

Todo aquello quedó en nada tras la contundente sentencia de la Audiencia, notificada el pasado mes de abril abril, año y medio después de que terminara la vista judicial cuya celebración se extendió durante semanas.

Las consecuencias de esa resolución del máximo órgano judicial en la ciudad son bastante claras.

Lo que recoge el auto: no hay blanqueo, no hay implicados

En el auto, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se hace constar que, a tenor de la interpretación de esa sentencia, absolutoria y firme, tras el juicio celebrado con la mayor parte de los implicados en los hechos investigados, “se puede comprender que no existen indicios suficientes base del tráfico de drogas para poder considerar asistencia de un blanqueo de capitales, que fue lo que se investigó en las diligencias previas de las que dimanan las actuales”.

Si no existe delito base no pueden concurrir los requisitos de blanqueo, y no procedería tampoco tomar declaración en calidad de investigados” a estos dos hermanos, “debiendo sobreseerse libremente las actuaciones de conformidad con lo establecido en artículos 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.

Con esta resolución se pone el punto y final a una investigación con la que la Guardia Civil dijo haber desmantelado una organización dedicada al blanqueo de capitales, realizando registros en Ceuta y puntos del Campo de Gibraltar.

La intervención del OCON-SUR y lo que sentenció la Audiencia

Intervino la Comandancia de la Guardia Civil de nuestra ciudad en apoyo a los agentes del OCON-SUR que fueron los que lideraron las investigaciones.

De todo aquello se pasó a la nada, ya que la Audiencia dejó claro que los investigados en este macrojuicio no tenían ninguna responsabilidad en el delito por el que venían siendo perseguidos.

La Audiencia consideró que ninguna de las acusaciones contra los señalados como blanqueadores de capitales estaba fundamentada, al no haberse podido probar esa vinculación delictiva. No había conexión entre propiedades y dinero localizado con el mercadeo de estupefacientes.

 El tribunal resaltó que no solo no se podría a condenar a acusado alguno como autor de un delito de organización criminal para la comisión de delitos relativos al narcotráfico”, sino que “en los hechos probados habría de prescindirse en todo cuanto sea posible de las referencias a la existencia de un entramado plural y estructurado de todos ellos tendentes a la realización de operaciones de narcotráfico”.

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