El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, aprobó ayer el Proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria que sistematiza la dispersa normativa existente en la materia, y cuyo objetivo es simplificar y actualizar los procedimientos en aquellos asuntos en los que no hay controversia pero sí se necesita que intervenga un órgano judicial para la tutela de determinados derechos e intereses relativos al Derecho civil y mercantil.
De tal modo, la norma nace con la idea de descargar la Administración de Justicia simplificando los expedientes en los que no exista controversia. Con este fin el proyecto desjudicializa además algunos asuntos que serán tramitados por notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
La jurisdicción voluntaria será de aplicación en algunos asuntos del orden civil y mercantil y el juez resolverá los expedientes en materia de personas y familia, como los derechos de menores o las donaciones de órganos.
También se ocupará de algunos asuntos en materia mercantil y de derecho sucesorio y se abre la posibilidad de que las bodas se celebren ante notario, aunque se podrá hacer también como hasta ahora en el Registro Civil y en los Ayuntamientos
La Ley de Jurisdicción Voluntaria prevé la intervención del fiscal en los asuntos de menores y personas con capacidad judicialmente modificada y la prueba de oficio cuando lo justifique un interés público. Asimismo, según lo previsto en la Ley de Justicia Gratuita, los beneficiarios de este derecho disfrutarán del mismo en los procedimientos propios de jurisdicción voluntaria y este proyecto aprobado hoy añade, además, que contarán con una bonificación del 80% en los expedientes notariales y registrales incluidos en esta ley.





