Los años trabajados como militar profesional podrán tenerse en cuenta para acceder al subsidio para mayores de 52 años gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), una ayuda a la que podrían acogerse también los militares que ejercen en Ceuta.
Esta posibilidad se basa en el mecanismo de cómputo recíproco de cotizaciones, que permite sumar los periodos cotizados en distintos regímenes de la Seguridad Social para acreditar los requisitos necesarios de una prestación.
La medida resulta relevante para muchos antiguos miembros de las Fuerzas Armadas que, al revisar su vida laboral, no ven reflejados estos años en el informe emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Esto se debe a que dicho documento recoge principalmente las cotizaciones del Régimen General, por lo que los periodos de servicio militar profesional pueden no aparecer de forma directa.
Diferencia entre militar profesional y la antigua "mili"
Es importante distinguir entre haber trabajado como militar profesional y haber realizado el servicio militar obligatorio. Según la información difundida, los años que se pueden sumar para acceder al subsidio son los correspondientes al trabajo como militar profesional, no los de la antigua “mili”.
Esto significa que quienes hayan desarrollado una carrera profesional en las Fuerzas Armadas pueden incluir esas cotizaciones dentro del cómputo total necesario para solicitar la ayuda. En cambio, el servicio militar obligatorio no se contabiliza para este subsidio en las mismas condiciones.
Requisitos generales del subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas asistenciales más relevantes del sistema de protección por desempleo en España. Para acceder a él, los solicitantes deben cumplir una serie de condiciones relacionadas con edad, cotizaciones y situación laboral.
Entre los requisitos principales se encuentra haber cumplido 52 años, encontrarse en situación de desempleo y haber agotado previamente una prestación contributiva o encontrarse en una situación que permita solicitar el subsidio.
Además, es necesario acreditar al menos 15 años de cotización a la Seguridad Social, de los cuales una parte debe corresponder a cotizaciones por desempleo.
Cómo se tienen en cuenta las cotizaciones militares
El sistema permite sumar las cotizaciones realizadas en distintos regímenes a través del llamado cómputo recíproco de cotizaciones, regulado por la normativa de la Seguridad Social. Gracias a este mecanismo, los años trabajados como militar profesional pueden integrarse con los periodos cotizados en otros empleos para cumplir los requisitos de acceso al subsidio.
En la práctica, esto implica que el solicitante debe comunicar al SEPE que ha cotizado en otros regímenes distintos al Régimen General, como el correspondiente a las Fuerzas Armadas. De esta forma, el organismo puede tener en cuenta esos periodos para evaluar si la persona cumple las condiciones necesarias para recibir la ayuda.
Una ayuda clave antes de la jubilación
El subsidio para mayores de 52 años está diseñado para proteger a los trabajadores que se encuentran en desempleo en la etapa final de su vida laboral. A diferencia de otras ayudas asistenciales, esta prestación continúa hasta que el beneficiario alcanza la edad ordinaria de jubilación si se mantienen los requisitos exigidos.
Además, durante el tiempo en que se percibe el subsidio, el Estado sigue cotizando a la Seguridad Social por el beneficiario con el objetivo de que pueda mantener o mejorar su futura pensión de jubilación.
En este contexto, la posibilidad de incluir los años de servicio como militar profesional dentro del cómputo de cotizaciones puede facilitar que algunos exmilitares alcancen los requisitos necesarios para acceder a esta ayuda y mantener ingresos hasta su jubilación. Una medida relevante para antiguos militares que buscan acceder a esta ayuda.







La certificación necesaria,se obtiene en capitanía militar.Conviene llevar la Cartilla Militar.Es cotización en Clases Pasivas.No sale en la Vida Laboral de la Seguridad Social.La Vida laboral de la S.S. + el tiempo cotizado como militar,restando el equivalente a la mili,conforma la totalidad de lo cotizado.
Yo estoy jubilado con esto.
Me gustaría saber si el abverse alistado como voluntario en la legión española cuenta como profesional