El magistrado del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta absolvió ayer a dos personas que estaban acusadas de un delito de lesiones, después de que las dos se acogieran a su derecho a no declarar. Al no haber prueba de cargo alguna se procedió a dictar directamente sentencia absolutoria, en torno a unos hechos que se produjeron el 31 de marzo de este año en la barriada del Príncipe, cerca de la farmacia.
La Policía tuvo que intervenir al producirse una pelea entre ambos que terminó con varias lesiones. Ninguno de los dos detenidos mantuvo su acusación. Uno de los implicados habría golpeado al otro en distintas partes del cuerpo, llegando a usar un tornillo afilado con ánimo de clavárselo en el cuello y mordiéndole después la oreja. Por su parte el otro implicado respondió con golpes en codos, rodillas, manos y cabeza. Y fruto de esta pelea ambos terminaron siendo atendidos en el hospital y recibiendo el tratamiento oportuno para su sanación.
Ayer, cuando debían declarar por delito de lesiones ante el magistrado del Penal 2, ambos se acogieron a su derecho a no declarar por lo que se tuvo que proceder al dictado de una sentencia absolutoria al no mantenerse la acusación por ninguna de las partes.
Por otro lado, quedó visto para sentencia un juicio seguido por un delito contra la administración de justicia contra un hombre acusado de haber amenazado a su expareja desde la celda de la prisión de Los Rosales, en donde estaba cumpliendo condena. Los hechos se habrían producido en mayo de 2017, ya que tal y como mantuvo la víctima el acusado profirió frases del tipo “muerte solo hay una” a través de una de las ventanas de su celda, frases que le dirigió ya que ella vivía al lado de la prisión. Dijo que no le vio pero sí reconoció perfectamente su voz.
Fiscalía solicita una pena de 2 años mientras que la Defensa solicitó la absolución de su patrocinado al no haber quedado probado su relación con el delito.
Prestó declaración un funcionario de prisiones que no recordó nada de esas supuestas amenazas y un policía nacional, que tampoco pudo confirmar la comisión de ese delito y señaló que las ventanas de la prisión eran muy pequeñas, creyendo recordar que por aquella época la celda que ocupaba el acusado daba al patio y no al lateral, donde vivía la denunciante.
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