La Fiscalía de Ceuta solicitará un año de cárcel para la farmacéutica acusada de un presunto delito de fraude al sistema de prestaciones de la Seguridad Social por recibir “indebidamente” casi 60.000 euros en concepto de medicamentos no entregados a los pacientes y el hallazgo en la oficina que gestiona de medicinas y productos sanitarios “sin los correspondientes cupones precinto” facturados al Sistema Nacional de Salud generando un perjuicio tasado pericialmente en 12.051 euros, según la calificación a la que ha tenido acceso este periódico.
El Ministerio Público también va a pedir que la encausada sea condenada a doce meses de inhabilitación especial para el derecho de sufragio y a una multa de casi 35.800 euros con privación del derecho a obtener subvenciones y a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante dos años, así como a una “inhabilitación especial para profesión u oficio durante el tiempo de la condena”.
Según las investigaciones realizadas, la acusada, “con ánimo de obtener un ilícito beneficio” y mediante “la indebida dispensación de, al menos, 381 envases medicamentos que nunca fueron entregados a los pacientes”, obtuvo entre 2020 y 2022 el ingreso de 71.435,76 euros por parte del Instituto de Gestión Sanitaria.
Ante la dispensación “excesiva e indebida” de determinados medicamentos, la Inspección farmacéutica realizo una revisión consistente en la obtención en la aplicación Digitales a nivel de titulares de tarjetas sanitarias identificados por su código de identificación del paciente y su código de aportación farmacéutica, de las dispensaciones efectuadas con receta electrónica en esa oficina.
A tal efecto se seleccionaron aquellos titulares de tarjeta con un elevado número de dispensaciones en el periodo de estudio o con repetición de dispensaciones de medicamentos que pudieran presentar una posología incorrecta.
Así se comprobaron en la aplicación informática de prescripción de Atención Primaria y Atención Especializada las características de las prescripciones efectuadas a los titulares de una docena de tarjetas seleccionadas, a fin de determinar los posibles errores. A partir de ahí se verificó la no realización por parte de la farmacia del bloqueo cautelar ante la existencia de errores manifiestos en la prescripción y duración de los envases dispensados, así como el número de dispensaciones electrónicas realizadas.
La procesada está acusada de un presunto delito de fraude al sistema de prestaciones de la Seguridad Social tipificado en el Código Penal
Los fallos eran manifiestamente groseros: en un caso el médico prescriptor había recetado a una mujer un envase cada 18 días cuando en realidad se toma cada seis meses. En otro, indicó que un medicamento debía tomarse cada 21 horas en lugar de cada tres semanas.
Los pacientes involucrados han declarado no haber recibido tal cantidad de medicinas.
De acuerdo con la testifical ofrecida en sede judicial a finales de enero por la persona investigada, en su proceder incurrió en un “error” con la supuesta voluntad de hacer “acopio” de determinadas medicinas con el presunto interés de que no le faltasen a ninguno de sus clientes, aunque ni en plena pandemia no se registró falta de ninguno de los señalados, varios con un elevado coste unitario.
La solicitud de condena de la Fiscalía no agota los límites que prevé el Código Penal para este tipo de casos. La persona procesada se podría enfrentar a una posible pena de cárcel entre 2 y 6 años y a una multa del tanto al séxtuplo de la cantidad supuestamente estafada a la administración por facturar medicamentos aprovechando errores en las recetas sin entregárselos a los pacientes.
Punibilidad a partir de 50.000 euros de fraude
Hace ahora diez años se reformó el artículo 307 del Código Penal a los efectos de reducir a 50.000 euros la cuantía que establece “el tipo delictivo como condición objetiva de punibilidad”. El legislador quiso atender a “la realidad social y económica” de la crisis anterior a la pandemia para poner de relieve la necesidad de “actuar, con mayor contundencia, frente a las conductas presuntamente delictivas y tramas organizadas que ponen en peligro la sostenibilidad financiera del Sistema de la Seguridad Social”. La reducción de la cuantía del tipo delictivo se concibió para permitir que fueran objeto de punibilidad penal hechos que hasta entonces sólo eran sancionables administrativamente, pero sí “objeto de un contundente reproche social en momentos de especial dificultad económica en el ámbito empresarial como los actuales”. Según Marta Barceló, “el fraude de prestaciones de la Seguridad Social admite dos modalidades típicas: por un lado, la obtención (o facilitación) por primera vez del disfrute de prestaciones de la Seguridad Social de forma ilícita y, por otro lado, la prolongación indebida (o la facilitación de esa prolongación) del disfrute de una prestación que en su día fue obtenida de forma lícita”. Los pronunciamientos judiciales se pueden clasificar entre ambos posibles casos de fraude.
“Actuó negligentemente no bloqueando las prescripciones erróneas”
- La Dirección Territorial del Ingesa reclama una condena de cárcel de casi dos años y una inhabilitación especial para la profesión durante el mismo tiempo
El Instituto de Gestión Sanitaria va a solicitar una condena de prisión con una duración de casi el doble de tiempo de la que reclama la Fiscalía para la farmacéutica ceutí procesada por un supuesto delito contra la Seguridad Social. La administración sanitaria considera que procede imponerle una pena de un año, once meses y un día de prisión, así como una multa de casi 24.000 euros, la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante casi cuatro años y una inhabilitación especial tanto del derecho de sufragio pasivo como para la profesión u oficio.
El Ingesa considera también indiciariamente probado que la profesional no bloqueó cautelarmente, como debería haber hecho, las recetas que contenían “errores manifiestos” en la dispensación de medicamentos a pacientes y que habría perpetrado una defraudación de 71.435 euros.
La acusada ya consignó dicha cantidad el pasado mes de enero a través de transferencia bancaria, pero su comportamiento encajaría, entiende la acusación, con lo previsto en el artículo 307 del Código Penal.
El Ingesa no pide más condena para la acusada al valorar una atenuante de reparación del daño causado.
La acusada, sin antecedentes penales, fue sometida en marzo del año pasado a una inspección farmacéutica en la que se apreció una presunta “dispensación Indebida” entre 2020 y 2022 de distintos medicamentos “que en verdad nunca llegaron a ser recibidos por sus destinatarios”.
El desfase había alcanzado según sus estimaciones a casi 700 envases que nunca llegaron a manos de los pacientes, lo que habría supuesto un perjuicio económico a la Seguridad Social de 59.384,42 euros al ser realmente facturados al Ingesa.
La inspección farmacéutica realizada consistió en la obtención de la aplicación Digitalis a nivel de titulares de tarjetas sanitarias identificados por su código de identificación del paciente y su código de aportación farmacéutica, de las dispensaciones efectuadas con receta electrónica.
Poco le piden. Qué no habrá hecho antes de que la cogieran por esto.
Porque no ponen las iniciales? A otro@s ponen hasta el numero de zapato.
Bastante Cruz le toca llevar.
No veas el censor. Ni en epoca de Franco. Escoria
No veas que cruz le ha caido
Vaya rostro el de la señora licenciada. Un par de años a la sombra para que piense un poquito y no vuelva a robar dinero de todos los contribuyentes.
Estafa 78.000 € y la multa es de 38.000 €, hay algo que no cuadra, porque si no hay error, el año que viene lo hace otra vez ya que el beneficio son unos 30.000 €