El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), adscrito al Ministerio de Sanidad, podrá a partir de ahora acreditar la formación continuada que imparten los profesionales sanitarios del INGESA en Ceuta y Melilla, así como del Centro Nacional de Dosimetría.
Esta reclamación histórica será una realidad gracias a la publicación este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Orden Ministerial por la que se crea la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del INGESA, se regula su composición y funcionamiento y el procedimiento de acreditación de actividades formativas (Orden SND/456/2022, de 18 de mayo).
La directora del INGESA, Belén Hernando Galán, ha subrayado que éste es un “avance muy importante para reconocer los esfuerzos de las y los profesionales del INGESA en el aprendizaje constante y en la superación para ofrecer la mejor de las atenciones posibles a la ciudadanía”.
La formación continuada queda definida en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, como “el proceso de enseñanza y aprendizaje activo y permanente al que tienen derecho y obligación los profesionales sanitarios, que se inicia al finalizar los estudios de pregrado o de especialización y que está destinado a actualizar y mejorar los conocimientos, habilidades y actitudes de los profesionales sanitarios ante la evolución científica y tecnológica, y las demandas y necesidades tanto sociales, como del propio sistema sanitario”.
En esta Orden Ministerial se regula la creación de esta Comisión de Formación Continuada como un órgano colegiado, al que compete, entre otras funciones, ser el órgano técnico de apoyo a la Dirección del INGESA, en las actividades relativas a la acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias, en el ámbito del INGESA.
Además, regula la composición y régimen de funcionamiento de la Comisión y las funciones de su Presidencia.
El texto normativo aborda, también, el procedimiento y los criterios generales de acreditación de la formación, la documentación que ha de acompañarse a las solicitudes de acreditación, la evaluación de las mismas y la resolución del procedimiento, por parte de la Dirección del INGESA, así como la emisión de diplomas y certificaciones.
La norma es ahora una realidad tras pasar por todos los trámites legales pertinentes, entre ellos, ha sido informada por el Comité Consultivo y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, así como por la Agencia Española de Protección de Datos, y ha sido sometida a consulta e información pública, lo que ha permitido a los agentes sociales y organizaciones representativas conocer el contenido de su redacción y el articulado de la misma.