El Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha dejado visto para sentencia un juicio en el que se acusa al llamado T.M. de un delito de resistencia. El acusado no ha comparecido en el juicio a pesar de haber sido citado perfectamente, por lo que Fiscalía pidió su celebración. Asimismo, el Ministerio Público tras escuchar las versiones de los agentes de la Policía Local, siguió con su escrito inicial en el que le solicitó la pena de 12 meses de prisión por el delito de resistencia y dos delitos leves de lesiones de 3 meses a razón de 10 euros diarios. Además, como responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a los agentes con el pago de una multa de 198 y 66 euros respectivamente. Por otra parte, la Defensa pidió la libre absolución de su representado ya que, a su juicio, no quedaron acreditados los hechos.
Este caso, al que se ha hecho referencia en este juicio, ocurrió en octubre de 2020 en el barrio de Hadú. Sobre las 18:30 horas, un zeta de la Policía Local patrullaba por la avenida Teniente Coronel Gautier cuando sus agentes comprobaron que el acusado caminaba sin mascarilla. Acercaron el vehículo para solicitarle que se colocara la protección, a lo que en todo momento se mostró contrario e incluso empezó a proferir insultos. Ante eso, los agentes de la Policía Local se bajaron del vehículo para identificarlo y así poder sancionarlo administrativamente.
El acusado se mostró en una actitud “agresiva y muy chulesca” y en ningún caso quiso identificarse. Uno de los agentes le pidió que se calmase, indicándole que solo le estaban “solicitando” su DNI, a lo que empezó a amenazarle y a encararse a él por lo que decidieron intentar reducirlo. En ese momento, el acusado le dio un puñetazo a uno de los policías y empezaron a forcejar para poder detenerlo. Era tal “su agresividad” que tuvieron que solicitar la ayuda de los compañeros, y hasta “6 policías” tuvieron que acudir para poder reducirlo. Asimismo, los agentes declararon que siguió con la misma actitud en el vehículo policial y también una vez llegado al Ambulatorio.
Este hecho recorrió las redes sociales de ciudadanos grabando lo acontecido, porque incluso se tuvo que paralizar la circulación para poder detener al acusado.
Una cosa es el controvertido imperio de las mascarillas y su eficacia para combatir la infección respiratoria y otra cosa bien distinta es desobedecer y faltar al respeto a los agentes de policía (arts. 556 del CP) y mucho más el hecho de agredirlos o intimidarlos (art. 550 del CP). Dependiendo de la consideración que realice la juez así será la condena.
Suspenso para el abogado que podría haber argumentado mejor en defensa de su cliente y suspenso también para la formación de los agentes de la policía local que en una situación como la que estamos viviendo deben mantener una conducta ejemplar, manteniendo la calma y la serenidad y observando la proporcionalidad, mucho más cuando el motivo aparente de la trifulca es una simple identificación para una sanción administrativa. Todo el mundo está muy nervioso y es fácil encontrar personas que pierdan la tranquilidad o se exalten y hay que saber controlar y manejar la situación.
A gente darles caña nada mas .