La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por CCOO en nombre de varios docentes de Religión contra el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) y ha ordenado dejar sin efecto la decisión de reducir su jornada laboral, condenando a la Administración a que les pague “conforme a la jornada vigente durante el curso 2018-2019”.
La Subdirección General de Personal del MEFP acordó el 16 de septiembre del año pasado una reducción de la jornada laboral semanal de esos trabajadores, que venían prestando servicios como personal laboral en su inmensa mayoría a jornada completa (25 horas) mediante contratos indefinidos como profesores de Religión Católica en diversos colegios de la ciudad.
El día 10 de septiembre se les citó por teléfono para firmar, el 16, una reducción de jornada a entre 14 y 22 horas semanales, según el caso, con efectos desde el 1 de octubre siguiente.
La demanda presentada por la abogada de CCOO Fatima Laouchiri se basó en que se había modificado la jornada laboral de los actores tras el inicio del curso escolar, que había comenzado el 3 de septiembre.
El Ministerio, por su parte, argumentó que “no se había podido realizar antes dicha modificación, ya que con anterioridad no se conocían las necesidades formativas de cada uno de los centros”, pero la magistrada ha entendido que “dicha alegación no puede ser estimada”.
“No puede excluirse la aplicación de una norma que es de obligado cumplimiento con la sola alegación que con anterioridad se desconocían las necesidades”, concluye la juez, que subraya que el propio Ministerio, en un escrito del 5 de noviembre de 2018 de la directora general de Evaluación y Cooperación Territorial, “ya reconoce que no es posible la modificación de la jornada tras el inicio del curso escolar y es precisamente esta la razón por la que instó a los distintos centros un informe sobre las horas necesarias y las contratadas de los profesores de Religión que necesariamente debían ser remitidos el 25 de noviembre, y así llevar a cabo las correspondientes modificaciones el 1 de septiembre de 2019, esto es, antes del inicio del curso, que fue el 3 de septiembre”.
“Con anterioridad al fin del curso 2018-2019 ya se tenía conocimiento de los alumnos que recibían clases de Religión Católica e Islámica en cada uno de los centros, se conocían cuáles eran las horas lectivas de cada uno de los profesores y, por tanto se podía establecer con claridad cuáles eran las necesidades de cada uno de los centros en aras de llevar a cabo la modificación de la jornada con anterioridad al inicio del curso escolar”, remacha la sentencia.