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Piden 8 años para dos hombres que llevaban a 9 magrebíes en un barco

Un marroquí y un español fueron interceptados en Punta Almina con destino a la Península

Por S.V.
05/06/2019 - 06:44

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N.F. y A.C. se enfrentan a ocho años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros que se remonta al 3 de septiembre de 2018, sobre las 14.00 horas, momento en que ambos fueron interceptados por agentes del Servicio Marítimo de la Guardia Civil en una embarcación en la que viajaban nueve inmigrantes de origen magrebí.

La embarcación, una ‘Rinker FV262’ de nueve metros de eslora se encontraba navegando a una milla de Punta Almina cuando los agentes dieron el alto a los dos acusados que no ofrecieron resistencia. Los agentes de la Guardia Civil que fueron llamados como testigos a la vista oral, que se celebró en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Ceuta, reconocieron a N.F., de nacionalidad marroquí y sin permiso para permanecer en territorio nacional, como la persona encargada de gobernar el barco, mientras que A.C., de origen español, se identificó como el propietario del mismo.

Tras el registro comprobaron que bajo la cabina de proa viajaban ocultas nueve personas indocumentadas, cuyo peso sobrecargaba la embarcación, rebasando la línea de flotación durante la travesía, según declaró uno de los agentes. Tanto él como otro de sus compañeros que también intervino en la detención, apuntaron a la fuerte marejada y a las olas de metro y medio que había en esa zona y que podían haber provocado el hundimiento de la embarcación debido al peso de estas personas, con el riesgo que ello implicaba para los ocupantes del yate, muchos de los cuales no llevaban chaleco salvavidas.

Durante su declaración, N.F. reconoció viajar en el barco, pero no en calidad de patrón, sino como un inmigrante más, ya que tenía prohibida su entrada en territorio nacional durante un periodo de cinco años debido a un delito anterior. Aseguró que se encontraba en la cubierta debido al poco espacio existente en el que se hacinaban el resto de magrebíes y como prueba de ello indicó que había grabado un selfie durante la navegación para enviárselo a su pareja, imágenes que fueron visionadas durante la vista oral.

Negó en todo momento haber cogido los mandos de la embarcación y respecto a la seguridad de la travesía insistió en que había chalecos para todos y que si bien él no hizo uso de ninguno de estos elementos fue debido a que sabe nadar.

Por su parte, A.C. reconoció ser el propietario de la embarcación y que el traslado de los magrebíes se debía a un encargo por el cual debía navegar desde Algeciras, donde reside, hasta Ceuta para recoger a esas nueve personas, de las que no recibió ninguna cantidad de dinero. Sí esperaba en cambio, percibir cierta remuneración económica una vez llegara a la Península.

En su testimonio aseguró que había aceptado el encargo para poder hacer frente al pago de la pensión de sus hijos y que en ningún momento de la travesía se vivieron episodios de riesgo para ninguna de las personas que navegaban en el barco.

Fiscalía incidió en la falta de medidas de seguridad de la embarcación

En sus conclusiones finales, el Ministerio Fiscal aludió a las declaraciones de “certeza y verosimilitud” de ambos agentes, cuyos relatos no estaban revestidos de “subjetividad”. Insistió la Fiscalía en el hecho de que los guardias reconocieron, sin lugar a dudas, a ambos acusados como las personas que se encontraban en la cubierta de la embarcación, uno de ellos gobernándola y el otro en calidad de propietario.

También insistió en la “imprudente” navegación donde el elevado número de personas para este tipo de barcos ocasionó situaciones de riesgo debido al hundimiento de la proa y a las contradicciones de ambos acusados en sus testimonios respecto a las que dieron en Instrucción en relación al número de chalecos o quién era la persona que gobernaba el barco.

Para Fiscalía, ambos “promueven” la inmigración ilegal, N.F. por patronar una embarcación que trasladaba a personas en situación irregular y A.C. porque el hecho de aceptar una remuneración por trasladar a indocumentados es una asunción voluntaria de que “se está cometiendo algo ilícito”.

La Defensa de A.C. incidió en las medidas de seguridad del barco que le posibilitaba su navegación por el Estrecho y que el hecho de que hubieran sido remolcados por la Guardia Civil en vez de ser trasladados a su embarcación implicaba la falta de riesgo.

Por su parte, el alegato de la Defensa de N.F. se centró en asegurar que los agentes no habían interrogado a los magrebíes sobre si portaban o no algún tipo de documento y en la situación de su patrocinado que, por su prohibición de entrar en territorio nacional, le impedía trasladarse hasta Algeciras para navegar la embarcación hasta nuestra ciudad, desde donde partió con los nueve inmigrantes a bordo.

Tags: Juzgados

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