Considera la concurrencia de una atenuante por existencia de “defecto esquizofrénico”
La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha rebajado en cinco meses la pena dictada contra el llamado A.M.A., que fue condenado el pasado a año a 3 años y medio por atentado, después de que sacara una navaja y quisiera atacar a una médico del centro de salud del Tarajal.
El máximo órgano judicial en la ciudad ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Defensa, considerando que si bien no cabe contemplar una eximente motivada por su enfermedad, ya que consta que su patrocinado sufría de esquizofrenia paranoide y tenía incluso reconocida una discapacidad del 68%, sí cabe considerar la concurrencia de una atenuante por la existencia de “residuo patológico, llamado defecto esquizofrénico, que conserva quien tal enfermedad padece”, explica en la sentencia.
La Audiencia no considera en cambio que haya existido un error en la valoración de la prueba, como se argumentaba en el recurso, quedando probado que sí hubo un atentado porque aunque no quedara claro la existencia de amenazas de muerte hacia la sanitaria, sí que sacó una navaja para intimidarla y forzarla a que le recetara Rivotril.
Los hechos condenados por el Juzgado de lo Penal número 2 en primera instancia y ahora confirmados en su amplia mayoría por la Audiencia se remontan a junio del pasado año cuando el condenado intentó atacar a una médico del centro de salud del Tarajal, siendo reducido por el vigilante.