Cambió de cerradura tras el divorcio de ambos. Fiscalía rebajó la pena y la dejó en falta de coacciones
Un vecino de nuestra ciudad fue ayer condenado en la Sala de lo Penal número Dos de Ceuta toda vez que reconociera los hechos que se le imputaban y se conformara con la petición que, en segunda instancia, solicitaba el Ministerio Fiscal en base a la comisión de una falta de coacciones.
De tal manera, el hombre fue condenado al pago de una multa de treinta euros, consecuencia de tener que abonar durante diez días tres euros, una pena que fue inferior a la que inicialmente pedía Fiscalía por un delito de realización arbitraria de propio derecho, que se traducía en una multa de 360 euros (dos euros diarios durante seis meses).
Lo interesante del caso radica en que se trataba de dirimir un conflicto entre las dos partes, acusado y denunciante, que en este juicio se trataba de una expareja. Así, después de que ambos se divorciaran, ella trató de ‘rescatar’ su vehículo del garaje de la propiedad de él pero se topó con que la llave no obedecía sus intenciones y la puerta no se abría. ¿La razón? El condenado había cambiado de cerradura para, como así estima el Ministerio Fiscal, imposibilitar que la mujer pudiera acceder al garaje a recoger su coche.
Por todo ello se le impuso la pena anteriormente expuesta, quedando de tal modo el caso finiquitado por la Justicia española.






