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Top zonas con más multas de la Policía Portuaria

La Autoridad Portuaria publica un nuevo listado de infractores en el puerto

Por Isabel Jiménez
01/08/2025 - 09:29
Imagen de archivo

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Ceuta mantiene el control sobre la zona de servicio del puerto como evidencia los nuevos procedimientos sancionadores contra personas o entidades que habrían incumplido las normas de acceso, circulación y seguridad dentro del recinto portuario.

Así lo refleja el Boletín Oficial del Estado (BOE) en su edición de este viernes, en un anuncio firmado por el presidente de la Autoridad Portuaria, Juan Manuel Doncel.

El documento recoge una batería de actos administrativos relativos a expedientes instruidos por la Unidad de Gestión de Sanciones del Departamento de Explotación, cuyo objetivo es velar por el cumplimiento del Reglamento de Servicios, Policía y Régimen del Puerto de Ceuta.

Las notificaciones afectan a aquellos casos en los que no fue posible comunicar personalmente a los interesados el inicio o la resolución del procedimiento.

El top de zonas donde más multa la Policía Portuaria lo copan distintos puntos en la avenida Juan de Borbón, en callejones de Muelle Cañonero Dato y en lugares concretos de la avenida Compañía del Mar. Sorprenden incluso estacionamientos en lugares reservados a la Policía Portuaria. Todos los lugares más afectados por estas sanciones policiales se pueden consultar aquí.

Todas las sanciones tienen una cuantía de 150 euros (alrededor de 30 multas) excepto una, de 1.200 euros, por ocupar un canal de salida de pasajeros.

¿Qué infracciones se sancionan en el Puerto?

Las sanciones están relacionadas con hechos que vulneran la normativa recogida en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Concretamente, los expedientes en curso hacen referencia a:

  • Accesos indebidos a áreas restringidas del puerto.
  • Circulación no autorizada por zonas de tránsito limitado.
  • Incumplimientos que comprometen la seguridad operativa y logística dentro del recinto.

Estos son algunos de los motivos más frecuentes que la Policía Portuaria detecta y por los que más se sanciona, según fuentes del propio organismo. La zona de servicio del Puerto, por su carácter estratégico y por el volumen de tráfico comercial y de pasajeros que soporta, está sujeta a estrictos protocolos.

¿Qué plazos tienen los sancionados?

Las notificaciones se consideran oficialmente practicadas una vez transcurridos 20 días naturales desde su publicación en el BOE, y se abren diferentes plazos para que los afectados actúen:

  • 15 días hábiles para presentar alegaciones si han recibido un acuerdo de inicio del expediente sancionador.
  • 10 días hábiles en caso de tratarse de una propuesta de resolución sancionadora, antes de que se dicte la resolución definitiva.
  • 15 días improrrogables para el pago de la multa, una vez dictada la resolución sancionadora firme.

En caso de impago dentro del plazo establecido, la Autoridad Portuaria advierte de que se aplicará un recargo del 20 % por vía de apremio, tal y como contempla la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.

¿Dónde consultar los expedientes?

Los interesados pueden acceder al contenido completo del expediente a través de distintos canales:

  • Sede electrónica: https://puertodeceuta.sede.gob.es
  • Registro físico de la Autoridad Portuaria de Ceuta, situado en el Muelle de España s/n.
  • Oficinas de Correos o en cualquiera de los puntos previstos por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Los escritos de alegaciones, recursos o cualquier otra documentación deberán dirigirse expresamente a la Unidad de Gestión de Sanciones de la Autoridad Portuaria de Ceuta.

Pago de multas: ¿cómo y dónde hacerlo?

El abono de las sanciones podrá realizarse directamente en la Caja de la Autoridad Portuaria o a través de las cuentas bancarias habilitadas. En el ingreso debe figurar el nombre del sancionado y el número de expediente sancionador.

El BOE también incluye un número de cuenta.

Vigilancia reforzada en zonas clave del puerto

Esta nueva tanda de notificaciones pone de relieve que la actividad sancionadora en el Puerto de Ceuta no se detiene. En el verano, el tránsito aumenta por las instalaciones portuarias y también se intensifica la vigilancia teniendo en cuenta el desarrollo de la Operación Paso del Estrecho (OPE).

Puede consultar el top de zonas con más multas de la Policía Portuaria aquí.

Tags: Policía PortuariaPuertoTráfico

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Comments 6

  1. Formado comentó:
    hace 9 meses

    Un anónimo que habla con propiedad y que se ve que sabe lo que habla.
    Pedazo de curso intensivo le acaba de dar al Señor Santolaya.

  2. Cultura General comentó:
    hace 9 meses

    Documéntese e infórmese . Dependiente del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

  3. Bibliotecario comentó:
    hace 9 meses

    Documéntate un poco e infórmate antes de hablar . Tanta incultura junta es imposible para una sola persona. Si te multan algún día , les cuentas toda esa milonga .

    • Santolaya comentó:
      hace 9 meses

      Ilústreme. Como han accedido a sus puestos esa “policía” portuaria?

  4. Santolaya comentó:
    hace 9 meses

    Hasta donde yo sé, para ser policía hay que superar unas oposiciones de nivel funcionario. Oposiciones nacionales para la PN y GC, y locales para PL. estos tres cuerpos son los únicos legitimados para imponer sanciones. La llamada “policía portuaria” (término inadecuado y que induce a error) no ha pasado por esas oposiciones y por tanto no son funcionarios. Así que no pueden multar.

    • ¿Y eso quién? comentó:
      hace 9 meses

      Claro que sí, cómo no. Que se retire inmediatamente la Policía Portuaria, porque todos sabemos que los puertos —puntos estratégicos para el comercio internacional, la seguridad y el control de mercancías peligrosas— se gestionan mejor desde el sofá, con un teclado y sin conocer la legislación.

      ¿Qué importa que el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Real Decreto Legislativo 2/2011) les reconozca funciones de vigilancia, inspección y control del dominio público portuario? ¿O que puedan levantar actas de infracción con plenos efectos jurídicos? Eso son detalles menores.

      Lo importante es que no han pasado la misma oposición que los cuerpos generales del Estado. Porque ya sabemos que sin gorra de Policía Nacional, de Guardia Civil o Policía Local, ninguna actuación es válida, ¿verdad? Aunque actúen bajo el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, estén habilitados legalmente y sus actos tengan respaldo administrativo, eso no cuenta.

      Por suerte, los ciudadanos que opinan en foros —sin formación jurídica ni conocimiento del marco competencial portuario— están aquí para iluminarnos.

      La próxima vez que haya un vertido, una intrusión o una carga peligrosa sin declarar, una persona minusválida que no pueda aparcar en una zona habilitada y utilizada por otra que no lo es, llamemos al señor Santolaya. Que seguro que tiene jurisdicción universal desde el teclado.

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