Sociedad

Voto por correo en Andalucía: se amplía el plazo hasta el 17 de junio

El depósito del voto también se puede hacer directamente al cartero en el momento de la entrega de la documentación electoral

La Junta Electoral Central ha acordado este viernes que el voto por correo para las elecciones autonómicas al Parlamento de Andalucía se podrá depositar en las oficinas de Correos en toda España, includas las dos que hay en Ceuta, hasta el viernes 17 de junio, jornada de cierre de la campaña electoral.

Se amplía así el plazo (hasta las 14.00 horas del día 17) que finalizaba inicialmente el miércoles 15 de junio, con lo que los ciudadanos que hayan solicitado ejercer su derecho al voto por correspondencia dispondrán de más tiempo para depositarlo.

Se puede votar cuando el cartero entregue la documentación

Correos ha indicado por medio de una nota que "el solicitante tiene también la posibilidad de hacer entrega del sobre con su voto a la cartera o cartero que les entregue la documentación electoral, en el mismo momento, recibiendo un justificante acreditativo y evitándose de ese modo tener que ir a la oficina postal con posterioridad".

La Sociedad Estatal explica que "este procedimiento se enmarca en las medidas extraordinarias adoptadas por la Junta Electoral Central con motivo de la pandemia del Covid-19 para la protección de la salud de los votantes y del personal de Correos en las elecciones autonómicas madrileñas", así como pone de manifiesto que el plazo límite para este procedimiento de entrega será también hasta las 14 horas del día 17.

Correos deberá asegurar la entrega de dichos sobres con votos en las respectivas mesas electorales en la jornada electoral del domingo 19 de junio, dentro de los plazos legalmente establecidos.

Y es que la Junta Electoral Central ha acordado este viernes ampliar el plazo de depósito del voto por correo para las elecciones en Andalucía de 19 de junio, que será posible hasta a las 14,00 horas del viernes, día 17, cuando inicialmente ese plazo finalizaba el miércoles, día 15, según ha precisado Correos.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) en su artículo 73.3 determina que la remisión de la documentación electoral por los votantes debe hacerse antes del tercer día previo a la votación, plazo que se amplía con este pronunciamiento del organismo electoral.

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