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Visto para sentencia el despido de un trabajador condenado por apropiación indebida

Por Ignacio Masel
31/01/2013 - 21:05
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La empresa despidió por segunda vez al trabajador después de la sentencia de la Audiencia Provincial El juicio por el despido de un trabajador que fue condenado previamente por la Audiencia Provincial a dos años de prisión y una indemnización de 13.268,15 euros por apropiación indebida quedó ayer visto para sentencia.
En un primer momento, la empresa lo despidió cuando descubrió que el trabajador pudo haber comenzado en enero de 2010 a desviar la partida de envío, manipulando el inventario de cada día a través de una maquinaria hasta agosto del mismo año con la intención de quedarse con unos productos que él vendería a otros comercios y a título personal para quedarse con el beneficio.
Este despido fue declarado improcedente por el juez y el trabajador fue readmitido en la empresa. El segundo despido se produjo cuando la empresa tuvo conocimiento de la sentencia de la Audiencia Provincial, que lo condenaba por un delito consumado y continuado de apropiación indebida, sentencia que fue ratificada más tarde por el Supremo.
El abogado de la empresa manifestó en el juicio que las causas del último despido no son las mismas que las del anterior, ya que en el primero había sospechas de que estaba llevando a cabo el acto delictivo y en el segundo ya tenía un conocimiento cabal y pleno de una conducta que era motivo de despido. Además, dijo que aunque éste se produjera mientras el trabajador estaba de incapacidad temporal, el motivo del despido no fue éste sino la apropiación indebida.
Como prueba, aportó una sentencia del Tribunal Supremo de un caso “idéntico” del despido de un hombre que también había sido condenado a dos años de prisión por apropiación indebida.
Por su parte, la defensa del trabajador manifestó que se trata de una cosa juzgada y el juez declaró improcedente el despido. Por ello, pidió que se estime la demanda y declare de nuevo el despido como improcedente. Además, añadió que cuando la empresa envió la carta del primer despido ya tenía pleno conocimiento de su actuación y que éste no existe desde la sentencia de la Audiencia.
Por otra parte, el abogado del trabajador afirmó que cuando se reincorporó al trabajo tras el primer despido le cambiaron la forma de cobro de transferencia a cheque y además le cambiaron de puesto de trabajo, lo que le provocó un estado ansioso-depresivo que precisa de tratamiento. Añadió que este despido es “una manera más de aumentar su estado ansioso-depresivo”. Ahora será el juez de lo Social de Ceuta quien determine si el despido es o no improcedente.

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