Dos años y un mes después del asesinato del cabo de Regulares, Dris Amar, en el interior de un garaje del antiguo Poblado Legionario, en el barrio del Príncipe, uno de los detenidos ha quedado en libertad provisional, medida dictada por el Juzgado que instruye la causa en Ceuta y que ha sido recurrida por el Ministerio Fiscal.
Se imponen medidas cautelares para el llamado M.O.A., ‘Monito’, tales como la prohibición de abandonar el territorio nacional, así como firmar los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado.
La medida se acordó tras la comparecencia para la prórroga de prisión que se celebró en el juzgado de instrucción número 2. Allí la representante del Ministerio Fiscal solicitó que se mantuviera la prisión provisional, medida a la que se adhirió la Acusación Particular. Ahora recurrirá el auto dictado, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico.
En el caso de los demás presos preventivos por el crimen de Dris Amar, los llamados ‘Castaña’, ‘Popis’ y ‘Colombo’, siguen en la cárcel, pero por otras causas distintas a la del asesinato ya que pesan sobre ellos condenas por la comisión de otros delitos.
La Audiencia ordenó que la causa abierta tras el asesinato del cabo de Regulares se desglosara en tres procedimientos distintos.
Así, habrá un juicio por Tribunal de Jurado por delito de asesinato y sus conexos de tenencia ilícita de armas y grupo criminal; otro distinto también con Jurado por delito de allanamiento de morada; y un tercer juicio seguido con tribunal profesional por atentado, tentativa de homicidio contra dos policías nacionales, tenencia ilícita de armas y grupo criminal.
Hace dos meses se celebró en la Audiencia la prórroga prisión por esos disparos a policías de la Udyco, acordándose allí que únicamente M.O.A. quedara libre. Este extremo no se llevó a la práctica porque seguía privado de libertad por la pieza del asesinato, de la que ahora se acordado también su libertad.
De acuerdo con la investigación policial, el llamado ‘Monito’ se encontraba fuera del garaje donde asesinaron a Dris Amar ejerciendo un rol de vigilancia, mientras que los demás implicados habrían ejecutado un plan preconcebido para acabar con la vida del militar.
Tal y como se recoge en el auto judicial, “sin dejar de reconocer la existencia de indicios bastantes y razonables sobre la participación del investigado en los hechos descritos en el auto de prisión, y siguiendo las pautas jurisprudenciales anteriormente señaladas” se considera “que la situación personal del mismo debe modificarse, teniendo en cuenta el transcurso de cerca de dos años desde que fue acordada la medida y la culminación de la instrucción, pudiendo alcanzarse los fines que en su día se señalaron mediante medidas menos restrictivas de los derechos del investigado”, justifica.
De los 3 procedimientos judiciales en los que se desglosó la causa abierta tras este crimen, se conoce únicamente una calificación fiscal, la alusiva al delito de allanamiento de morada.
Están acusados los llamados ‘Castaña’ y ‘Popis’, ya que se adentraron en la vivienda de una vecina para ocultarse de la Policía.
Mientras el apodado ‘Colombo’ era prácticamente llevado en volandas por los agentes al poco tiempo de perpetrarse el crimen, ‘Castaña’ y ‘Popis’ se escondían en casa de una mujer en contra de su voluntad, allanando así su morada de forma violenta y reteniéndola.
Para cada uno de los acusados, el Ministerio Público solicita 2 años de cárcel, así como la prohibición de comunicación y acercamiento a la dueña de la vivienda allanada por un periodo superior en 5 años a la pena de prisión, marcándose además una distancia de alejamiento de 100 metros.
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