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Una sentencia contra la “mordaza”

Por Adrián González
13/06/2014 - 10:59

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La decisión de Fatima Hamed de apearse del proyecto político de Caballas, anunciada a mediados de la pasada semana, ha golpeado los cimientos de la coalición, pero ha abierto también de par en par el debate sobre cuáles deben ser a partir de ahora las funciones de la diputada en su recién estrenada condición de no adscrita a Grupo Parlamentario.

La que fuera tercera cabeza de lista de la formación liderada por Ali y Aróstegui reaccionó el miércoles  con contundencia tras conocer que la Junta de Portavoces de la Asamblea había decidido limitar su actividad parlamentaria a tres interpelaciones por sesión plenaria y a responder solo cuando sea aludida de forma directa. A su juicio, se trata de una estrategia para “amordazarla” que sería fruto de un supuesto complot entre el PP y las siglas a las que hasta ahora pertenecía.
En los dos últimos días Hamed ha esgrimido como defensa y reivindicación una sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 9 de julio de 2009, que considera sienta jurisprudencia en la defensa de los intereses de los diputados no adscritos, la figura en la que acaba de debutar en la Asamblea de Ceuta. El TC se pronunciaba entonces sobre un caso similar al suyo que provocó hace más de una década un rifirrafe político plagado de acusaciones, y de visitas a los tribunales, a casi 600 kilómetros de Ceuta. Allí, en Alicante, cuatro candidatos socialistas concurrieron a las elecciones municipales del 25 de mayo de 2003 y obtuvieron su acta de concejal en distintos municipios. A todos se les negó su inclusión en el Grupo Parlamentario Socialista de la Diputación Provincial alegando que habían sido expulsados del partido durante la purga interna con la que el entonces secretario general de los socialistas valencianos, Joan Ignasi Pla, cortó de raíz el ascenso de la facción crítica. Era el comienzo de la batalla judicial.
Renegados por su propio partido, a los cuatro concejales se les advirtió de que no podrían, en ningún caso, formar grupo propio en la Asamblea distinto al PSPV, que los acababa de rechazar. En julio de 2003 se acordó alojarlos en el recién creado Grupo Mixto, pero en abril de 2004 la propia Diputación daba marcha atrás, lo daba por extinguido y rebautizaba a los ediles como “miembros no adscritos” argumentando que, no obstante, eso “no impedía que pudieran ejercer funciones propias de su cargo”, como presentar escritos o mociones para ser debatidos en Pleno, o intervenir en los debates. El giro sublevó a los cuatro afectados, que recurrieron y ganaron ante el Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante, pero el órdago de la Diputación, recurriendo a su vez ante el TSJA valenciano, volvió a darle la razón.
La pugna se trasladó entonces a la Sala Primera del Tribunal Constitucional, que sería quien finalmente se decantase por los ediles, concediendo argumentos, casi cinco años después de aquel 9 de julio de 2009, a las pretensiones de Hamed. Los concejales alegaron en su recurso que las limitaciones impuestas habían “vulnerado su derecho fundamental a la participación política en condiciones de igualdad”, que se “restringían sus derechos como diputados”, que quedaban en “situación de desventaja” respecto al resto de diputados provinciales y protestaban por que se les aplicase la condición de tránsfugas. Tampoco aceptaban verse privados de la facultad de participar en la Junta de Portavoces, en las comisiones informativas con representación proporcional, de sentarse en los organismos autónomos o, incluso, de contar con despacho propio. La Fiscalía llegó a respaldar parcialmente sus pretensiones.
En un escueto fallo, el TC avalaba la petición haciendo prevalecer “la participación en condición de igualdad”. Argumentos para Hamed y contra la supuesta “mordaza”.

La diputada responderá a lo que cree “una injusticia arbitraria”

Tras el pleno celebrado ayer, en el que era su estreno como nueva diputada no adscrita, Fatima Hamed insistió en que las limitaciones impuestas a su actividad parlamentaria son una “vulneración absoluta” de sus derechos. La decisión adoptada por la Junta de Portavoces, aseguró, le había sido comunicada tan solo unas horas antes “y verbalmente” por la vicepresidenta primera de la Asamblea. “El traslado que se me da es que se ha acordado por la Mesa de la Asamblea y la Junta de Portavoces que tenga solo derecho a tres interpelaciones”, subrayó, para añadir a continuación que solicitará en los próximos días que esa decisión le sea notificada por escrito. “A sabiendas de que se va a resolver de forma arbitraria y cometiendo una injusticia, comenzaré a dar los siguientes pasos”, advirtió adelantando sus siguientes pasos.

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