Cristobal Marín es un trabajador autónomo que, como asegura que hace cada mes, abona “religiosamente” las cuotas correspondientes a su régimen laboral y está “libre de deudas”.
Sin embargo, el ingreso de diciembre se efectuó fuera de plazo porque, cuando acudió a la oficina recaudadora de la Seguridad Social el pasado jueves 31 de diciembre, “ésta estaba cerrada”. Este autónomo, que regenta un puesto en el Mercado de Real 90, solicita a la Seguridad Social la anulación del recargo de 200 euros con los que ha sido sancionado. Marín señaló que tiene hasta el último día del mes para realizar el pago y, por tanto, el jueves lo podría haber realizado. Pero, lamentó, “no fue hasta ayer cuando la Seguridad Social abrió”. Este trabajador autónomo atribuyó la sanción a un error y, aunque tiene la posibilidad de realizar el desembolso fraccionado, aseguró que ni él ni su padre pueden hacer frente al mismo sin que suponga un perjuicio para la economía familiar, motivo por el cual pide la cancelación del recargo. Transcurrido el plazo reglamentario establecido para el pago de las cuotas a la Seguridad Social sin ingreso de las mismas y sin perjuicio de las especialidades previstas para los aplazamientos, se devengarán distintas sanciones como son los recargos del 20 por ciento de la deuda así como los denominados intereses de demora, según este organismo.