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El TSJA confirma la condena a un ceutí que dejó ciego de un ojo a otro

El apodado ‘Tutu’ fue condenado a 7 años y medio de cárcel por la Audiencia, tras una agresión en Claudio Vázquez

Por Carmen Echarri
16/02/2026 - 12:55
juicio-ataque-navaja-julio-2025-declaración-policía
Imagen de archivo

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha confirmado la sentencia condenatoria que el pasado septiembre dictó la Audiencia de Ceuta contra un acusado de dejar ciego de un ojo a un joven en Claudio Vázquez.

Se le condenó a 7 años y medio de prisión. La Defensa del llamado Z.M.H., alias ‘Tutu’, recurrió ante el órgano superior que no ha estimado ese recurso. Fue una sentencia de interés porque tanto la víctima como el testigo negaron que el acusado tuviera algo que ver en los hechos. Él mismo también lo negó. Pero la Sala, en una resolución nada común, dictó condena que ahora ratifica el TSJA.

La Audiencia consideró probado que, en la noche del 22 de septiembre de 2023, el acusado estaba en la avenida Capitán Claudio Vázquez, discutiendo con otra persona con quien tenía malas relaciones previas.

Qué es lo que sucedió

La víctima medió para que no le golpeara y ‘Tutu’ terminó clavándole una navaja en el ojo izquierdo, apuñalándole seguidamente en el cuello, oreja y costado.

Perdió por completo la visión del ojo, algo que ha motivado la gravedad de la pena impuesta al considerarse que ha perdido un órgano o miembro principal.

Esa relación de hechos probados ha sido confirmada por el TSJA.

Los argumentos de la Defensa que tumba el TSJA

La Defensa del llamado ‘Tutu’ expuso que se había producido un error en la apreciación de la prueba por parte del tribunal de instancia, error del que había derivado la vulneración del derecho a la presunción de inocencia del acusado.

“La Audiencia de origen acertó plenamente al afirmar la culpabilidad del apelante”, expone el TSJA, indicando además que el intento de exculpación que hizo la víctima fue una clara falta a la verdad.

Hay, por tanto, prueba de cargo “más que suficiente” para tener “por enervado el derecho a la presunción de inocencia que inicialmente amparaba el recurrente”.

Por qué es una sentencia clave

La Audiencia condenó al acusado a pesar de que víctima y testigo lo exculparon. De hecho, llegó a indicar que, precisamente, por esas declaraciones “no resultaría posible obtener por sí mismas una convicción condenatoria respecto a la autoría de las lesiones sufridas”.

“Ello porque se limitaron a negar las declaraciones previas, alegando no recordar lo ocurrido, habiendo sido conminados a acusar a ‘Tutu’ por las personas que le indicaban que había sido él o por los propios agentes que le tomaron declaración”.

¿Cómo entonces se produjo una condena que ahora, también, la mantiene el TSJA? El tribunal dio prevalencia a las declaraciones en fase de instrucción sobre las relativas al plenario, recordando que es algo que se puede hacer siempre se hayan practicado con las debidas garantías y se haya sometido a efectiva contradicción en el juicio oral.

La importancia de la Policía

Y fue ahí donde entró en escena la Policía. Los agentes declararon de forma precisa señalando cómo la víctima identificó sin dudas al autor, vislumbrando un cambio de declaración por causas ajenas.

Además, se tuvo en cuenta que el condenado estuvo escondido tiempo, dictándose una busca y captura contra él.

Tags: Audiencia ProvincialDelincuenciaJuicios

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Comments 1

  1. Labor cuestionable de algunos abogados comentó:
    hace 4 semanas

    En general a veces me resulta dificil entender la labor de los abogados. Por ejemplo el abogado de un criminal qué tiene que intentar que tenga un juicio justo y reciba una condena justa o tiene que intentar por todos los medios que el acusado se vaya de rositas?

    Yo creia que era lo primero, pero muchas veces en la tele salen los acusados diciendo que declararon tal o cual porque se lo aconsejó su abogado.

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