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Los cuatro implicados, que aún se encuentran en libertad, tienen que ingresar en Punta Blanca
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado no haber lugar a la admisión del recurso de casación interpuesto por la Defensa de uno de los cuatro menores que fueron condenados por el homicidio del marroquí Said Abriual, en agosto de 2014, cerca de la frontera. La Audiencia Provincial de Cádiz, en su Sección 4ª, ya había desestimado los recursos de apelación que interpusieron todas las partes, y solo una de las Defensas optó por recurrir al amparo del Supremo al considerar que se había producido una infracción de precepto constitucional, del derecho a la presunción de inocencia así como a un proceso con todas las garantías, entre otros.
El Supremo rechaza la admisión del recurso y además impone a la parte recurrente el pago de las costas. Según la argumentación de dicha parte, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso este periódico, la condena a su patrocinado se habría producido “teniendo en cuenta una serie de pruebas obtenidas con vulneración de los derechos fundamentales”, ello por su toma de declaración “en el atestado como testigo protegido y, posteriormente, como imputado, habiendo condicionado su primera declaración la posterior ya como acusado”. La Defensa pidió la nulidad de dicha declaración así como, por extensión, del resto de las diligencias, entre ellas la declaración del resto de los imputados, en una clara aplicación de la teoría del árbol envenenado.
El Supremo deja claro que las posteriores declaraciones que efectuó el menor en sede judicial lo fueron “con todas las garantías”, sin que “ninguna conexión causal existe entre su declaración como testigo protegido” que hizo en sede policial “y las prestadas en la vista”, descartándose “la conexión de antijuridicidad”.
Tal y como informó El Faro, los menores (que continúan en libertad porque la sentencia no era firme al haberse interpuesto este recurso y que ahora deberán ingresar en Punta Blanca) fueron condenados a internamiento cerrado de entre 6 y 2 años, según el grado de implicación que tuvieron en este crimen. Dos fueron condenados como coautores y otros dos como cómplices. En el fallo que dictó el Juzgado de Menores dejó claro en su sentencia el grado de crueldad del que hicieron gala los participantes, ya que la tragedia de aquella madrugada del 25 de agosto de 2014 comenzó con un intento de robo que terminó con la agresión haciendo uso de arma blanca, con la que terminaron con la vida de su víctima ayudados de su superioridad y de la indefensión de éste. Una puñalada le alcanzó el corazón tras una persecución para herirle y, lejos de auxiliarle, los menores le dejaron moribundo hasta que falleció.