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Los transfronterizos tendrán derecho al subsidio asistencial por desempleo

Actualmente hay casi mil personas residentes en el país vecino trabajando en la ciudad, la mayoría empleadas de hogar

El Gobierno de Pedro Sánchez acordó ayer “simplificar y mejorar” la protección del nivel asistencial del desempleo con, entre otras medidas, su extensión al colectivo de trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla, que podrán tener acceso al subsidio cuya cuantía se ha elevado de 480 a 570 euros los seis primeros meses.

Actualmente hay casi mil trabajadores residentes en el país vecino trabajando en la ciudad, la inmensa mayoría mujeres adscritas al Régimen de Empleadas de Hogar.

Las normas que se dicten para la actualización de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo garantizarán el acceso a sus servicios a las personas beneficiarias del nivel asistencial de protección.

La percepción del nivel asistencial de desempleo se prolongará hasta 30 meses dependiendo de la edad, circunstancias familiares y la duración de la prestación agotada.

La cuantía, vinculada al IPREM, será del 95% (570 euros mensuales) los 6 primeros meses; 90% los seis meses siguientes y el 80% el resto del período. Será aplicable a los nuevos reconocimientos de este subsidio, no a los anteriores.

El periodo de reconocimiento se reduce a un trimestre y se exige el cumplimiento de los requisitos de carencia de rentas y/o de responsabilidades familiares en el mes natural anterior a la fecha de la solicitud inicial y de cada prórroga,

El Plan Integral de Desarrollo Socioeconómico de Ceuta preveía la implementación de “una reforma legal dirigida a mejorar la protección de los trabajadores transfronterizos, analizando los aspectos necesarios para poder reconocerles la protección por desempleo, teniendo en especial consideración a las empleadas de hogar”.

Para ello se planteó analizar la normativa existente en la materia que afecta a este colectivo con el objetivo de “reconocerles el acceso a las prestaciones por desempleo, su posible inscripción como demandantes de empleo en el supuesto de no residir en España, las modificaciones normativas que sean necesarias o la posibilidad de un Convenio con Marruecos para la reciprocidad”.

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