El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles varias notificaciones de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta recogidas en tres bloques: la iniciación de procedimientos sancionadores, la notificación de resoluciones ya firmes y la resolución de recursos interpuestos por conductores contra acuerdos sancionadores.
Estas notificaciones, habituales en el BOE, permiten dar publicidad oficial a decenas de expedientes cuando no se ha podido localizar a los interesados en sus domicilios o en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Con ello se garantiza que los afectados tengan acceso al contenido completo en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta.
Procedimientos sancionadores en curso
El primer anuncio hace referencia a la iniciación de expedientes sancionadores. Entre ellos, varios corresponden a conductores sancionados en Ceuta con multas que oscilan entre los 200 y los 1.500 euros, en aplicación del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Texto Refundido de la Ley de Tráfico), así como del Real Decreto 1428/2003, que aprueba el Reglamento General de Circulación.
Las infracciones detectadas abarcan desde excesos de velocidad hasta la falta de identificación del conductor cuando se ha requerido al titular del vehículo, incumpliendo lo previsto en el artículo 11.1 a) de la Ley de Tráfico. También se incluyen sanciones por no respetar señales de circulación, así como por incumplimientos administrativos vinculados al seguro obligatorio de responsabilidad civil, recogidos en el Real Decreto Legislativo 8/2004.
En Ceuta destacan varios expedientes con sanciones de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir, especialmente por infracciones muy graves vinculadas al artículo 14.1 del Texto Refundido de la LTSV.
Otras de estas infracciones se cometieron en lugares Benicassim, San Roque, Palafrugell, Málaga, Las Norias de Daza, Vinarós, Puerto de la Torre, Aljaraque, Jerez de la Frontera, San Pedro de Alcántara, Almendralejo, Sevilla y La Jonquera.
Puede consultar el listado íntegro aquí.
Resoluciones sancionadoras firmes
El segundo bloque publicado en el BOE se refiere a resoluciones ya dictadas por Tráfico, que ponen fin a la vía administrativa. En este apartado aparecen también numerosos casos en Ceuta con multas que alcanzan los 1.500 euros, la cuantía máxima reflejada en estas notificaciones, además de pérdidas de 6 puntos del permiso.
Las sanciones aplicadas tienen como base legal tanto el RDL 8/2004 en materia de seguro obligatorio como el RD 818/2009 que regula el Reglamento General de Conductores. En general, se trata de resoluciones por circular sin seguro, por conducir sin el permiso adecuado o por infracciones graves a la seguridad vial.
En total, las sanciones firmes recogidas para Ceuta incluyen varias multas de 800 y 1.500 euros, lo que muestra la gravedad de las conductas denunciadas.
Otras de estas infracciones se cometieron en lugares como Almuñecar, Rojales, Galapagar, Barcelona, Pozuelo de Calatrava, Eivissa y Roquetas de Mar.
Puede consultar el listado íntegro aquí.
Recursos desestimados
El tercer anuncio del BOE se refiere a la resolución de recursos interpuestos contra sanciones de Tráfico. En este caso, solo se recoge un expediente con origen en Ceuta, en el que se confirma la sanción tras desestimarse el recurso presentado.
El procedimiento, fechado en septiembre de 2024, hace referencia a una infracción tipificada en el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003). La resolución explica que, tras haberse intentado la notificación en los canales habituales, se procede a dar publicidad a través del BOE.
En este punto, la publicación recuerda que, agotada la vía administrativa, únicamente cabe la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente en el plazo de dos meses desde la publicación del edicto.
Puede consultar la resolución aquí.
Cómo afectan estas publicaciones a los ciudadanos
Para los ciudadanos de Ceuta, estas publicaciones en el BOE no son un simple volantazo en los trámites burocráticos: constituyen el último aviso oficial para conocer el estado de sus sanciones y actuar en consecuencia.
En el caso de los procedimientos en curso, los interesados tienen un plazo de 20 días para presentar alegaciones o identificar al conductor si fuera requerido. Si se trata de resoluciones firmes, disponen de 15 días para abonar la sanción antes de que se inicie el procedimiento de apremio. Y, si lo que se ha publicado es la resolución de un recurso, la única opción es acudir a la vía judicial contencioso-administrativa.







Les llegará la dieta a los de tráfico no venga a llenar las arcas