Este año, también como novedad, muchos colegios han aprobado criterios complementarios para otorgar sus vacantes. Esto quiere decir que, además de los puntos por el área de influencia o hermanos en el centro, entre otros, primarán una serie de criterios complementarios que previamente han aprobado en su consejo escolar mediante sus directores.
Se entienden como criterios complementarios aquellas circunstancias que se pueden apreciar, como la condición de antiguo alumno de los progenitores o de los hermanos; haber estado anteriormente matriculado en otra etapa o la condición de trabajador en el centro de familiares del alumno, hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.
Estos nuevos criterios complementarios han sido aprobados en todos los colegios privados concertados y en un gran número de los colegios e institutos públicos de nuestra ciudad. En todos esos centros, para las vacantes que ofrezcan, se aplicarán dichos criterios.
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