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Subvenciones del Imserso para personas mayores y con discapacidad

Los interesados tienen un mes a partir de la publicación en el BOE para presentar sus solicitudes

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha publicado en la edición del Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves 3 de julio el extracto de la resolución del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), por la que se convoca la concesión de subvenciones a personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia residentes en las ciudades de Ceuta y de Melilla, durante el año 2025.

Los interesados pueden PINCHAR AQUÍ para tener acceso a todos los detalles de la convocatoria.

Los beneficiarios de estas ayudas son, concretamente, “personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, residentes en las Ciudades de Ceuta y de Melilla, y entidades y organizaciones no gubernamentales de atención a personas mayores y a personas con discapacidad con ámbito de actuación en las ciudades de Ceuta y Melilla”.

Estos son los requisitos

En cuanto a los requisitos comunes para poder acceder a estas ayudas destacan:

  • Residir en la ciudad de Ceuta o en la Ciudad de Melilla al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Haber justificado, en su caso, las subvenciones recibidas en convocatorias anteriores y otras ayudas económicas recibidas con anterioridad, de otras Administraciones competentes en materia de servicios sociales.
  • No estar incurso en las prohibiciones que, para tener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No haber percibido en los últimos cuatro años subvenciones para la realización de obras o adquisición de ayudas técnicas con el mismo fin, salvo que concurran las siguientes circunstancias: que la obra o ayuda técnica solicitada sea complementaria de la anteriormente concedida, a los efectos de prevenir la situación de dependencia, discapacidad o de promover la autonomía personal del solicitante y que la obra o ayuda técnica solicitadas sean distintas a las anteriormente concedidas y se deban a un agravamiento de la situación de dependencia o de discapacidad.

Por otra parte, los requisitos específicos para personas mayores son tener la condición de asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social y tener 65 o mas años de edad. Mientras que los requisitos específicos para personas con discapacidad son tener la condición de asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social y tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Los requisitos específicos para personas en situación de dependencia son: tener reconocida la situación de dependencia, valorado el grado de la misma y ser titular de los derechos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, en los términos previstos en el artículo 5 de dicho texto legal, así como acreditar la necesidad de la ayuda técnica, el producto de apoyo, el instrumento, las obras de accesibilidad y/o adaptaciones del hogar solicitadas mediante informe del equipo de valoración de la situación de dependencia de las Direcciones Territoriales de Ceuta y de Melilla.

Movilidad y comunicación

El objetivo de este anuncio es “convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a facilitar la movilidad y comunicación, así como la autonomía personal, de las personas mayores, de las personas con discapacidad y de las personas en situación de dependencia, residentes en las Ciudades de Ceuta y de Melilla”.

Esto responde a las modalidades de subvenciones individuales a personas físicas y de subvenciones a entidades y organizaciones no gubernamentales con ámbito de actuación en las ciudades de Ceuta y Melilla, para la prestación de servicios y programas destinados a este colectivo.

En el documento publicado este jueves en el Boletín Oficial de Estado se especifica que el importe total consignado para estas subvenciones asciende a 1.156.234,00 euros.

Plazos e información adicional

Otro dato de interés tiene que ver con el plazo de presentación de solicitudes por parte de los interesados, quienes tienen exactamente un mes, una vez publicada la información en el BOE, para hacer los trámites concernientes a esta convocatoria.

Para más información quienes lo deseen pueden consultar en la sede electrónica o en la web del Imserso, https://sede.imserso.gob.es y www.imserso.es o al correo electrónico buzon@imserso.es.

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