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Subidas salariales, pluses reforzados y 35 horas semanales: el convenio de Servilimpce

El BOOCE ha dado a conocer los distintos puntos acordados, que incluyen, entre otras, mejoras en conciliación, seguridad laboral y un firme compromiso con la igualdad

La Ciudad Autónoma de Ceuta, encabezada por el consejero Alejandro Ramírez, alcanzó con el Comité de Empresa y las organizaciones sindicales el acuerdo del primer convenio colectivo de Servilimpce.

El texto, firmado el 9 de febrero de 2026, establece el marco laboral que regirá a la plantilla hasta el año 2028, consolidando un modelo de gestión directa del servicio.

El acuerdo, ratificado por la Delegación del Gobierno el 11 de marzo, incluye la obligación de desarrollar protocolos clave como los de prevención del acoso, actuación ante catástrofes y promoción de la igualdad en el entorno laboral.

La negociación ha contado con el respaldo unánime de todas las partes, tras la incorporación de las observaciones de la Inspección de Trabajo, lo que refuerza la legalidad y solidez del texto. Con ello, se cierra el proceso de adaptación del convenio a la normativa vigente.

Ámbito de aplicación: a quién afecta el convenio

El convenio se aplica a todas las actividades de la empresa vinculadas a la limpieza pública, incluyendo la limpieza viaria, recogida de residuos, mantenimiento de contenedores, playas, mercados e incluso cuarteles.

En el plano personal, afecta a la totalidad de los trabajadores indefinidos y temporales de Servilimpce, quedando excluidos únicamente los cargos de alta dirección, que se rigen por sus propios contratos.

Este amplio ámbito garantiza que prácticamente toda la plantilla quede protegida bajo un mismo marco normativo, reforzando la homogeneidad de condiciones laborales.

Vigencia y estabilidad del convenio

Su duración se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028, proporcionando un horizonte de estabilidad de cuatro años.

Durante ese periodo, las condiciones económicas estarán sujetas a revisión conforme a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, lo que introduce un mecanismo de actualización vinculado a la normativa estatal.

En caso de finalización sin nuevo acuerdo, el convenio se prorrogará automáticamente, garantizando que no haya vacío legal y que los trabajadores mantengan sus derechos.

Comisión Paritaria: clave en la resolución de conflictos

El convenio crea una Comisión Paritaria compuesta de forma equilibrada por representantes sindicales y de la empresa, con voto ponderado según la representación sindical.

Este órgano tendrá funciones esenciales como la interpretación del convenio, la vigilancia de su cumplimiento y la mediación en conflictos colectivos, actuando como primera vía de resolución de discrepancias.

El procedimiento establece plazos estrictos: la comisión deberá reunirse en un máximo de 72 horas y emitir informe en un plazo de siete días, lo que garantiza rapidez en la gestión de conflictos laborales.

Garantías laborales y derechos adquiridos

El texto recoge el principio de absorción y compensación, remitiéndose al convenio estatal del sector, lo que asegura coherencia con la normativa superior.

Además, introduce la garantía ‘Ad Personam’, que protege las condiciones más favorables que ya tuvieran los trabajadores, evitando que el nuevo convenio suponga una pérdida de derechos.

Se establece también un Complemento Personal Transitorio (CPT) para compensar posibles diferencias salariales, que se mantendrá hasta la jubilación del trabajador, consolidando así la protección económica individual.

Sistema salarial y condiciones económicas

El convenio fija la escala salarial para 2025, detallada en anexos específicos, con retribuciones adaptadas a la jornada laboral de cada trabajador.

Se establece que los salarios serán abonados el primer día de cada mes, adelantándose en caso de coincidir con festivos, lo que garantiza regularidad en los pagos.

Asimismo, se confirma que el presupuesto de la empresa forma parte del presupuesto público de la Ciudad, reforzando el carácter público del servicio y la estabilidad financiera de la plantilla.

Estructura salarial: pluses que consolidan el nuevo modelo laboral

El convenio fija un amplio sistema de complementos salariales que refuerzan la retribución de la plantilla. Entre ellos destaca el Plus de Residencia, que se establece en un 27% sobre el salario base, alineado con el régimen de los empleados públicos de Ceuta y sujeto a futuras actualizaciones automáticas.

A este se suma el Plus de Antigüedad, que reconoce la permanencia en la empresa y se abona desde el mismo momento en que el trabajador cumple los periodos establecidos, consolidando así el valor de la experiencia.

También se regula el Plus de Nocturnidad, destinado a quienes trabajen entre las 22:00 y las 07:00 horas, fijado en un 25% del salario base diario, reforzando la compensación por turnos de especial penosidad.

Compensaciones por condiciones especiales de trabajo

El convenio introduce medidas específicas para situaciones que alteran la vida personal o implican mayor exigencia laboral. Así, el Plus por Reasignación Urgente de Turno establece una compensación de 35 euros cuando el trabajador deba cambiar su turno con menos de 48 horas de antelación.

Del mismo modo, se reconoce un Plus de Domingo y Festivo de 30 euros por jornada, garantizando una compensación directa por trabajar en días tradicionalmente no laborables.

Especial relevancia tiene el Plus de Constancia, dotado con 566,05 euros anuales, que premia la ausencia de faltas injustificadas, incentivando la responsabilidad y la estabilidad laboral dentro de la plantilla.

Complementos estructurales y de carácter mensual

Entre los complementos fijos, el convenio establece un Plus de Compensación de 150 euros mensuales, destinado a equilibrar la falta de reducción horaria en periodos festivos o estivales.

Asimismo, se regula el Plus de Transporte, fijado en 181,92 euros, garantizando su percepción incluso en casos de baja por accidente laboral o enfermedad profesional, lo que refuerza la protección del trabajador.

A ello se añade el denominado Plus Convenio, de 159,30 euros mensuales, que se abona a toda la plantilla sin distinción de categoría, consolidando una base retributiva común.

Plus específico: retribución según las condiciones del puesto

El convenio introduce un Plus Específico que retribuye factores como la penosidad, peligrosidad, responsabilidad o complejidad del puesto de trabajo, adaptándose a cada categoría profesional.

En puestos clave como peones, conductores o mecánicos, este plus se desglosa, reservando un 20% del salario base para condiciones especialmente duras como toxicidad o peligrosidad, con carácter no absorbible ni compensable.

El resto del complemento responde a factores técnicos y de responsabilidad, configurando un sistema retributivo más justo y ajustado a la realidad del trabajo diario.

Horas extraordinarias: limitación y control

El convenio apuesta por la reducción de horas extraordinarias, limitándolas a situaciones excepcionales y siempre bajo autorización de la dirección, en línea con el objetivo de fomentar el empleo.

Se distinguen entre horas por fuerza mayor y horas voluntarias, estableciendo un sistema de control y transparencia mediante la información periódica al Comité de Empresa.

En cuanto a su retribución, se fija un incremento del 30% en días laborables y del 75% en domingos y festivos, con posibilidad de compensación mediante descanso.

Pagas extraordinarias y reconocimiento de festividades

El acuerdo contempla tres pagas extraordinarias: marzo, verano y Navidad, que incluyen todos los complementos salariales y se abonan en fechas concretas, reforzando la previsibilidad económica de los trabajadores.

Cada paga cuenta con su propio periodo de devengo, garantizando una distribución equitativa a lo largo del año y una correcta correspondencia con el tiempo trabajado.

Además, se regula la festividad de San Martín de Porres (3 de noviembre), que se reconoce como día no recuperable y con un complemento equivalente al salario íntegro, consolidando su valor dentro del calendario laboral.

Jornada laboral: 35 horas semanales y organización por turnos

El convenio fija una jornada laboral de 35 horas semanales, estructurada en turnos de mañana, tarde y noche, cubriendo el servicio de lunes a domingo.

Se respetan los derechos adquiridos de trabajadores indefinidos que ya prestaban servicio de lunes a viernes, manteniendo esta condición como beneficio consolidado.

Asimismo, se establecen descansos de 30 minutos no recuperables, horarios específicos para el personal administrativo y medidas especiales para fechas señaladas como el 24 y 31 de diciembre, donde se reduce la jornada.

Vacaciones: flexibilidad y conciliación

El sistema de vacaciones se articula en dos periodos principales, con 15 días en verano y 16 días en invierno, ampliables en función de la elección del trabajador.

Se introduce un incentivo para quienes opten por disfrutar sus vacaciones fuera del verano, otorgando días adicionales, lo que favorece una mejor distribución del servicio.

Además, se permite la fragmentación de las vacaciones por motivos de conciliación familiar y la posibilidad de agrupar los periodos hasta alcanzar 32 días continuados, siempre con acuerdo de la empresa, reforzando así la flexibilidad laboral.

Planificación de vacaciones: plazos y organización del calendario

El convenio regula con precisión los plazos de solicitud de vacaciones, estableciendo dos periodos diferenciados para garantizar una adecuada planificación del servicio y de la vida personal de los trabajadores.

Así, las vacaciones entre enero y mayo deberán solicitarse antes del 30 de noviembre del año anterior, mientras que las comprendidas entre junio y diciembre tendrán como fecha límite el 31 de marzo. En todos los casos, deberán quedar fijadas con al menos un mes de antelación.

Además, la empresa deberá publicar los turnos antes del 30 de octubre, reforzando la previsión y transparencia en la organización del calendario laboral.

Permisos laborales: más derechos para la conciliación

El texto introduce un sistema de permisos por asuntos propios de hasta 12 días al año, de los cuales 6 serán retribuidos, ampliables en función de la antigüedad del trabajador.

Se incorporan mejoras progresivas como los denominados días adicionales por antigüedad (“canosos”), que incrementan los días disponibles a partir del octavo trienio, premiando la permanencia en la empresa.

Para garantizar el servicio, se establecen límites: en verano solo podrá coincidir un máximo del 10% de la plantilla por turno, ampliándose al 20% en invierno, equilibrando así derechos laborales y necesidades operativas.

Licencias retribuidas: cobertura para situaciones personales

El convenio recoge un amplio catálogo de licencias retribuidas, cubriendo situaciones personales y familiares relevantes con una regulación detallada y garantista.

Entre ellas destacan los 18 días por matrimonio o pareja de hecho, permisos por fallecimiento que pueden alcanzar hasta 7 días, o licencias por enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 7 días, reforzando el apoyo en momentos críticos.

También se contemplan permisos por nacimiento, traslado de domicilio, deberes públicos, o incluso para eventos familiares y revisiones médicas, consolidando un sistema que prioriza la conciliación y el bienestar.

Medidas de conciliación y derechos familiares

El acuerdo incluye derechos avanzados como el permiso de lactancia, que permite ausentarse una hora diaria o acumularlo en 14 días laborables, facilitando la organización familiar tras el nacimiento.

Asimismo, se reconoce el derecho a ausencias por fuerza mayor familiar, con hasta cuatro días retribuidos al año, una medida alineada con las nuevas tendencias en conciliación laboral.

El convenio también remite a la legislación vigente en materia de nacimiento, adopción y cuidado del menor, garantizando la aplicación íntegra de estos derechos.

Excedencias: flexibilidad para el desarrollo personal y familiar

En materia de excedencias, se reconoce el derecho a la excedencia voluntaria para trabajadores con al menos un año de antigüedad, con una duración de entre cuatro meses y cinco años.

Se regulan también las excedencias por cuidado de familiares, con periodos de hasta dos años, y por cuidado de hijos, que pueden alcanzar los tres años, reforzando la protección de la vida familiar.

Durante estos periodos, se mantiene el cómputo de antigüedad y el derecho a formación, además de garantizar la reserva del puesto de trabajo durante el primer año.

Jubilación y relevo generacional

El convenio introduce la posibilidad de jubilación forzosa a los 68 años, siempre que el trabajador tenga derecho al 100% de la pensión, vinculando esta medida al relevo generacional mediante nuevas contrataciones indefinidas.

Se regula también el contrato de relevo, facilitando la jubilación parcial y la incorporación de nuevos trabajadores, garantizando la continuidad del empleo y la transmisión de experiencia.

Estas medidas refuerzan un modelo que combina la estabilidad laboral con la renovación de la plantilla.

Incentivos a la jubilación y reconocimiento a la trayectoria

El acuerdo contempla incentivos económicos para la jubilación anticipada, con cuantías que oscilan según la edad, premiando la salida voluntaria del mercado laboral en determinadas condiciones.

Asimismo, se establece un complemento de 11.000 euros para trabajadores con más de 15 años de antigüedad, reconociendo su trayectoria dentro de la empresa.

Estas medidas consolidan un sistema que valora la fidelidad y el compromiso profesional.

Protección en situaciones de incapacidad temporal

El convenio garantiza el 100% del salario en casos de incapacidad temporal, ya sea por accidente laboral, enfermedad profesional o enfermedad común, reforzando la seguridad económica del trabajador.

Además, empresa y representantes sindicales se comprometen a aplicar medidas de control del absentismo laboral, buscando un equilibrio entre protección social y eficiencia del servicio.

Con ello, se cierra un bloque social que refuerza los derechos laborales y consolida un modelo orientado al bienestar, la estabilidad y la responsabilidad compartida.

Cobertura social: seguros y ayudas para la plantilla

El convenio refuerza la protección de los trabajadores mediante la obligación de suscribir una póliza de seguro que cubra los supuestos de muerte o incapacidad derivados de accidente laboral o enfermedad profesional, con una cuantía de 30.000 euros.

Además, se establece una ayuda mensual de 125 euros para trabajadores con familiares directos con discapacidad física o psíquica acreditada, reforzando el apoyo económico en situaciones de especial vulnerabilidad.

Estas medidas consolidan un modelo de empresa que apuesta por la protección social integral de su plantilla más allá de las condiciones estrictamente laborales.

Apoyo a la educación: ayudas para trabajadores e hijos

El convenio incorpora un sistema de ayudas escolares que cubre hasta el 50% de los gastos en formación reglada de los trabajadores, incluyendo matrículas, libros y estudios superiores.

En paralelo, se establece un fondo anual mínimo de 36.000 euros para ayudas destinadas a los hijos de los trabajadores, organizadas por niveles educativos y gestionadas mediante convocatoria pública.

El objetivo es garantizar el acceso a la educación y formación, reforzando la igualdad de oportunidades dentro del entorno familiar de la plantilla.

Prestaciones en caso de fallecimiento y necesidades médicas

En caso de fallecimiento, el convenio contempla una ayuda de 1.200 euros para gastos de sepelio, ampliable hasta 3.000 euros si se trata de accidente laboral, reforzando la cobertura en situaciones críticas.

Asimismo, se regulan ayudas médicas completas, cubriendo el 100% del coste de gafas, audífonos y tratamientos bucodentales, con límites económicos elevados, lo que supone una mejora sustancial en la atención sanitaria.

Estas medidas reflejan una clara apuesta por el bienestar y la salud de los trabajadores, reduciendo el impacto económico de necesidades médicas.

Facilidades económicas: anticipos y acceso a la vivienda

El acuerdo permite a los trabajadores solicitar anticipos reintegrables de hasta 4.000 euros, sin intereses y con devolución flexible, lo que facilita hacer frente a gastos imprevistos.

A ello se suma una línea de apoyo para la adquisición de vivienda habitual, mediante un préstamo de 5.000 euros sin intereses, destinado a trabajadores indefinidos.

Estas herramientas refuerzan la estabilidad económica de la plantilla y su arraigo en la ciudad, favoreciendo el acceso a recursos básicos.

Estructura profesional: organización por grupos y categorías

El convenio define una estructura clara basada en tres grupos profesionales: Administración y Gestión, Mandos Intermedios y Operarios, organizando la plantilla según funciones y responsabilidades.

En el grupo administrativo se incluyen perfiles como jefes de departamento, administrativos y personal sanitario, con funciones técnicas y de gestión.

Los mandos intermedios, como encargados, inspectores o capataces, actúan como enlace entre dirección y operarios, garantizando el correcto funcionamiento del servicio.

Operarios: el núcleo del servicio público

El grupo de operarios engloba categorías clave como conductores, peones, oficiales de taller o personal de mantenimiento, responsables directos de la ejecución del servicio.

Se detallan sus funciones, desde la conducción de vehículos hasta tareas básicas de limpieza, asegurando una correcta definición de responsabilidades.

Esta clasificación permite ordenar el trabajo y garantizar una organización eficiente y profesionalizada del servicio de limpieza pública.

Un modelo laboral completo y orientado al bienestar

Con este último bloque, el convenio culmina una regulación integral que abarca desde aspectos económicos hasta sociales, pasando por la organización profesional.

El texto refuerza la idea de una empresa pública comprometida con la estabilidad laboral, la protección social y la calidad del empleo, alineada con los intereses de la ciudadanía.

En conjunto, el acuerdo alcanzado entre la Ciudad, la dirección de Servilimpce y los sindicatos supone un paso decisivo hacia un modelo de gestión basado en la seguridad, la equidad y la eficiencia del servicio público.

Nuevas categorías profesionales y funciones complementarias

El convenio amplía la definición del grupo de operarios incorporando perfiles como el personal de mantenimiento, encargado de las labores de reparación de instalaciones, y la figura del guarda, responsable de la vigilancia de centros de trabajo y herramientas.

Estas incorporaciones permiten completar la estructura operativa de la empresa, asegurando una cobertura integral de todas las necesidades del servicio.

Con ello, Servilimpce refuerza su organización interna mediante una clasificación profesional más completa y funcional.

Derechos sindicales: transparencia y participación

El convenio regula la elaboración anual de censos laborales, tanto generales como por antigüedad, garantizando la transparencia en la composición de la plantilla y el cumplimiento de la normativa de protección de datos.

Estos censos resultan fundamentales en procesos electorales, permitiendo identificar a los trabajadores con derecho a voto y a ser elegidos en los órganos de representación.

Además, se reconoce plenamente el papel de las secciones sindicales, conforme a la legislación vigente, consolidando su presencia en la empresa.

Garantías sindicales y crédito horario

Los representantes de los trabajadores dispondrán de un sistema de crédito horario retribuido, que oscila entre 15 y 40 horas mensuales según el tamaño de la plantilla.

El convenio garantiza la protección frente a sanciones o despidos, asegurando que cualquier medida disciplinaria respete las garantías legales en materia sindical.

Asimismo, se facilita el desarrollo de la actividad sindical mediante el uso de centros de trabajo para reuniones y el acceso a información para los trabajadores.

Papel del Comité de Empresa en la gestión laboral

El Comité de Empresa adquiere un papel activo en la supervisión del cumplimiento de la normativa laboral y de Seguridad Social dentro de Servilimpce.

Entre sus funciones destaca la participación en procesos como la extinción de contratos, la formación del personal y la vigilancia de las condiciones de seguridad e higiene.

Este órgano se consolida como un elemento clave en la defensa de los derechos de los trabajadores y en el equilibrio de las relaciones laborales.

Obligaciones de la empresa y negociación colectiva

Servilimpce deberá informar periódicamente al Comité de Empresa sobre su situación económica y cualquier decisión que afecte a la organización del personal.

El convenio establece la obligación de negociación previa en cuestiones clave como reestructuración de plantillas, cambios organizativos o modificaciones de condiciones laborales.

Este marco refuerza el diálogo social y garantiza que las decisiones estratégicas se adopten con participación sindical.

Asambleas de trabajadores: participación directa

Se reconoce el derecho de la plantilla a celebrar asambleas, convocadas por sus representantes o por al menos un 33% de los trabajadores.

Estas reuniones podrán celebrarse en el centro de trabajo, con una regulación flexible basada en la mera notificación previa a la dirección.

El objetivo es fomentar la participación directa de los trabajadores en la vida laboral de la empresa.

Acceso al empleo: igualdad, mérito y capacidad

El convenio establece que la selección de personal se regirá por los principios de igualdad, mérito y capacidad, alineándose con la normativa del sector público.

Se prioriza la promoción interna mediante sistemas de concurso o concurso-oposición, negociados con los representantes de los trabajadores.

En caso de no cubrirse las plazas internamente, estas se ofertarán mediante acceso libre, garantizando transparencia en los procesos de selección.

Periodo de prueba y estabilidad laboral

Se regula un periodo de prueba de hasta seis meses para personal técnico y directivo, y de dos meses para el resto de trabajadores.

Durante este periodo, cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato, pero una vez superado, se consolidan todos los derechos laborales, incluyendo la antigüedad.

El convenio protege además a los trabajadores en promoción interna, garantizando su retorno a su puesto anterior en caso de no superar el periodo de prueba.

Movilidad funcional y promoción profesional

El texto permite la movilidad funcional para cubrir necesidades organizativas, garantizando siempre la compensación económica correspondiente cuando se desempeñen funciones superiores.

Estas situaciones tendrán carácter temporal y no podrán prolongarse más allá de seis meses, momento en el que deberá iniciarse un proceso de promoción interna.

El sistema apuesta por el mérito y la experiencia, priorizando concursos internos frente a designaciones discrecionales.

Seguridad y salud laboral: eje central del convenio

El convenio garantiza una adecuada protección en materia de seguridad e higiene, obligando a la empresa a cumplir toda la normativa en prevención de riesgos laborales.

Se incluye la realización de revisiones médicas anuales voluntarias, reforzando la vigilancia de la salud de la plantilla.

Asimismo, se establece la responsabilidad empresarial en caso de incumplimiento, incluyendo posibles sanciones administrativas o legales.

Formación y prevención de riesgos

Servilimpce deberá proporcionar formación en seguridad laboral, preferentemente dentro de la jornada de trabajo, o compensando el tiempo si se realiza fuera de ella.

Esta formación busca mejorar tanto la prevención de riesgos como la calidad del servicio prestado por los trabajadores.

Se refuerza así un modelo basado en la formación continua y la profesionalización de la plantilla.

Comité de Seguridad y Salud: vigilancia activa

El convenio otorga un papel fundamental al Comité de Seguridad y Salud, encargado de supervisar los riesgos laborales y exigir medidas correctoras.

En situaciones de riesgo inminente, este órgano podrá incluso paralizar la actividad, garantizando la protección inmediata de los trabajadores.

Además, se reconoce el derecho a la información sobre materiales, procesos y riesgos, consolidando un entorno de trabajo basado en la prevención y la transparencia.

Igualdad y no discriminación: compromiso estructural del convenio

El convenio incorpora un compromiso firme con el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, alineado con la Constitución y la normativa vigente.

Las partes firmantes subrayan la necesidad de que este derecho sea real y efectivo, integrándolo en todos los ámbitos de la organización, desde el acceso al empleo hasta la promoción profesional.

En este sentido, se acuerda desarrollar durante la vigencia del convenio un protocolo específico de igualdad, reforzando un modelo laboral basado en la equidad y la inclusión.

Prevención del acoso: tolerancia cero en el entorno laboral

El texto establece una política clara de tolerancia cero frente al acoso sexual y por razón de sexo, garantizando la protección de la dignidad de todos los trabajadores.

Servilimpce se compromete a implantar medidas preventivas y procedimientos específicos para canalizar denuncias y reclamaciones, asegurando una respuesta eficaz ante cualquier conducta inapropiada.

Además, se endurecen las sanciones en casos de acoso con abuso de posición jerárquica, reforzando la protección frente a situaciones de vulnerabilidad laboral.

Actuación ante catástrofes y fenómenos adversos

El convenio prevé la elaboración de un protocolo específico para la actuación frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos, en cumplimiento del Estatuto de los Trabajadores.

Este compromiso permitirá dotar a la empresa de herramientas para responder de forma eficaz ante situaciones de emergencia, garantizando tanto la seguridad de la plantilla como la continuidad del servicio público.

Se trata de una medida clave en un sector especialmente expuesto a condiciones climatológicas extremas.

Control y garantía de las ayudas sociales

El texto fija que el importe destinado a ayudas sociales será determinado anualmente en el presupuesto de la empresa, con la garantía de que nunca será inferior al del año anterior.

Además, estas cuantías estarán sujetas a revisión conforme a los márgenes establecidos en la legislación presupuestaria estatal, asegurando su actualización progresiva.

El Comité de Empresa será informado de estos importes, reforzando la transparencia y el control sindical sobre los recursos destinados al bienestar de la plantilla.

Plan de pensiones: previsión para el futuro

El convenio abre la puerta a la implantación de un plan de pensiones de empleo, en línea con la normativa aplicable a las administraciones públicas.

Se contempla la posibilidad de destinar parte de la masa salarial a financiar aportaciones a estos sistemas, configurando una retribución diferida para los trabajadores.

Con ello, Servilimpce avanza hacia un modelo que no solo garantiza condiciones laborales presentes, sino que también apuesta por la seguridad económica futura de su plantilla.

Un convenio integral que marca un antes y un después

Con estas disposiciones finales, el convenio colectivo de Servilimpce culmina como un documento completo que abarca desde las condiciones económicas hasta los derechos sociales y sindicales.

El acuerdo alcanzado entre la Ciudad, la dirección de la empresa y los sindicatos consolida un modelo basado en la estabilidad laboral, la protección social, la igualdad y la participación.

En definitiva, este convenio no solo regula las relaciones laborales, sino que sienta las bases de un servicio público moderno, eficiente y comprometido con el bienestar de sus trabajadores y de toda la ciudadanía.

 

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