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La solicitud de paro: un trámite personal online o con cita previa

Si bien el SEPE destaca que se trata de una "obligación personal", existe la posibilidad hacer la solicitud por medio de representante

por Beatriz Martínez
19/09/23 - 16:52 CEST
sepe-empleo
Imagen de archivo

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Al momento de hacer la solicitud del paro pueden ser muchas las dudas que asalten la cabeza del interesado, que también puede ser cualquier vecino de Ceuta. Una de las primeras interrogantes es cómo debe hacerse la solicitud.




Ante esta pregunta, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica, en primer lugar, la solicitud de una prestación por desempleo es una “obligación personal”.

En lo que respecta al proceso indican que puede hacerse a través de la web del Servicio Público de Empleo Estatal, pero con la aclaratoria de que esto se puede hacer siempre que la persona que hará el respectivo trámite, “disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve”.

Sin embargo, la modalidad online no es la única alternativa que tiene el interesado, quien también puede presentar la solicitud de manera presencial en la oficina de prestaciones que le corresponda según su domicilio.  Pero se escoger esta forma, hay que tener en cuenta que es obligatoria la previa petición de cita a través de Internet o llamando por teléfono.





“Para formular la solicitud por medio de representante, deberá acreditar tal representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante su declaración en comparecencia personal”, explican desde el Servicio Público de Empleo Estatal.

¿Dónde se debe presentar la solicitud?

En este sentido, indican que “la legislación de procedimiento administrativo permite también presentar la solicitud en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de su Comunidad Autónoma, a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local, en las oficinas de correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquier otro registro que establezcan las disposiciones vigentes”.

Para finalizar, señalan que la persona que hace la solicitud debe tener en cuenta que “para poder cobrar una prestación por desempleo, es necesario estar inscrito o inscrita como demandante de empleo”, un trámite para que le se debe acudir personalmente “a la oficina de empleo de la Comunidad Autónoma o de Ceuta o Melilla que le corresponda según su domicilio”.

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