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Una segunda ayuda para personas con el IMV e hijos a cargo

La Seguridad Social indica en una nueva guía quién puede beneficiarse de este complemento, en vigor desde 2022

Por Mónica Rivero
26/06/2023 - 17:50
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Imagen de archivo
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Las personas que tengan hijos a cargo mientras cobran el Ingreso Mínimo Vital (IMV) pueden solicitar una segunda ayuda a la Seguridad Social destinada al cuidado de los menores de la que ya se han beneficiado 368.560 ciudadanos, 9.684 de ellos en Ceuta.

Las cifras arrojan un incremento en más de 300 personas destinatarias del IMV en la ciudad autónoma desde el comienzo de 2023, año en el que continúa vigente el llamado Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI): una prestación que entró en vigor en 2022 y cuyo importe se establece en función del número de menores miembros de la unidad de convivencia, así como de la edad cumplida el 1 de enero del correspondiente ejercicio.

Así, para facilitar el cálculo del mismo y clarificar algunos detalles para sus potenciales beneficiarios, recientemente el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado una guía actualizada en la que explica en qué consiste este complemento mensual.

Así, la web ministerial detalla que para los menores de tres años la ayuda mensual es de 115 euros, mientras que para los niños con edades comprendidas entre los 3 y 6 años la prestación asciende a 80,50 euros.

En el caso de los pequeños que tengan más de 6 años y menos de 18, el importe es de 57,50 euros por cada menor.

Además, "los ingresos deben ser inferiores al 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada, según el tipo de unidad de convivencia.

Una ratio que se puede consultar la web de la Seguridad Social, donde se muestran varias las tablas con las cuantías de renta y las unidades de convivencia.

Por otro lado, el patrimonio neto tampoco puede ser superior al 150% de los límites fijados en la normativa del Ingreso Mínimo Vital.

¿Y si no tengo el IMV?

A la hora de solicitar este complemento, la Seguridad Social indica que "si tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital, se te reconocerá el complemento junto con la prestación, sin que sea necesario que presente una solicitud independiente".

Sin embargo, aquellos que solo tengan derecho al complemento deberán "presentar la solicitud de Ingreso Mínimo Vital".

Para saber si se tiene derecho a esta ayuda, aunque no se perciba el IMV, basta con comprobarlo en un simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En este solo habrá que responder unas sencillas preguntas para saber si la persona tiene derecho o no a este complemento.

Esta ayuda se puede solicitar de forma presencial en cualquier oficina del INSS, o bien a través de la web de la Seguridad Social.

Etiquetas: Ayudas becas y subvencionesEconomíaSeguridad Social

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Comentarios 2

  1. Jovi comentó:
    hace 3 años

    Yo trabajo transporte escolar, se acabaron las clases y no tengo derecho a paro por no completar los meses, me quedo sin cobrar nada, salvo pasado un mes de pedir el subsidio, o sea, pasarán más de dos meses y no sé qué hacer con dos hijos menores y sin familia. Me quitaron mi casa por derrumbe, algo que el ayuntamiento siempre se negó a darme ayudas. Entonces? , Es mi vida abreviada. Tengo derecho a esta ayuda. NO SE PuMUEDE JUZGAR A NADIE SIN SABER SU SITUACION. SEÑORES/AS EMPATÍA Y RESPETO.
    Ha sido una lastima no nacer en una buena cuna con una familia, para tener las bases de dirigir la vida con éxito. Un saludo.

  2. Reyes Natalia Martín mederos comentó:
    hace 3 años

    Tengo ganas de ponerme en paro pues tienen más derechos los que no trabajan, aproveche estas ayudas ponlas a ktrabajar ayudas sociales, limpieza de calles, barrancos y playas o como no ayudar a personas con discapacidad y mayores que necesitan para ir a médicos y limpieza de sus casa pero cobra por estar sin hacer nada no lo veo lógico ,estudiar o hacer labores sociales pero hacer algo

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