Suspendida la vista en la sala de lo Penal 2 l Los hechos, de noviembre de 2013 l Los acusados necesitaron tratamiento médico
Encuadrado en el órgano de lo Penal número Dos de nuestra ciudad, un juicio contra dos ciudadanos acusados de agredirse mutuamente y cuya celebración estaba prevista en la mañana de ayer, quedó finalmente suspendido por la incomparecencia, justificada de manera previa, de la forense, figura que pudiera resultar clave para esclarecer qué sucedió.
De tal manera, habrá que aguardar para conocer la resolución penal de un caso que se remonta al 11 de noviembre de 2013. Mientras que se celebre la vista, aplazada para junio, el Ministerio Fiscal mantiene su petición de pena para ambos acusados, reflejada en el escrito que elaboró inicialmente. Así, para uno de los acusados solicita una pena de dos años de prisión mientras que para el otro pide que pague una multa de dos euros al día durante dos meses, lo que haría un total de 120 euros en base a un delito y a una falta de lesiones respectivamente.
Respecto a los hechos, siempre bajo el punto de vista fiscal, de modo que deberá ser corroborado o desmontado por el magistrado juez titular del mencionado órgano mediante sentencia firme dictada en un sentido u otro, es preciso señalar que sobre las 17:30 horas del citado día, los acusados se hallaban en el Paseo del Revellín cuando, en el curso de una discusión entre ambos y con intención de menoscabar uno la integridad corporal del otro, procedieron a golpearse mutuamente en la cara.
Las consecuencias
Como consecuencia de la citada agresión, siempre según la parte fiscal, punto de vista al que ha tenido acceso esta redacción, uno de los acusados sufrió una contusión en el pómulo izquierdo que requirió de una única asistencia facultativa y que tardó en curar dos días no impeditivos.
Por su parte, el otro acusado sufrió factura nasal que requirió, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento facultativo consistente en anamnesis, exploración médica, pruebas de diagnóstico por imagen, farmacoterapia sintomática, reducción de fractura y férula nasal, tardando en curar 35 días, de los cuales 10 fueron impeditivos.
Por tanto, según el Ministerio Fiscal, los hechos narrados son constitutivos de un delito de lesiones para un acusado y de una falta de lesiones para el otro, como ha quedado referido con carácter previo.





