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Sanidad reabre el expediente sancionador a la Protectora por el brote de rabia

Se indica que hubo ocultación de datos además de falta de control de entradas y salidas de animales

La Consejería de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha vuelto a abrir un expediente sancionador a la Protectora de Animales de Ceuta como consecuencia de una serie de preceptos que se entienden incumplieron los integrantes de su junta directiva en relación con el brote de rabia que se detectó en un perro que se encontraba en el interior de sus instalaciones.
La razón de abrirse nuevamente este expediente sancionador y cerrar el primero que se aperturó el pasado mes de julio se debe a la caducidad de la notificación del primer expediente a la Protectora. La propia presidenta de la entidad manifestó que en la fecha de la notificación aún no tenían en su poder la firma electrónica consecuencia del cambio de la directiva de la Asociación y los problemas generados en el período de transición.
Dado que todavía no había transcurrido el plazo de prescripción de las infracciones se decide la apertura de uno nuevo, conteniendo la presunta comisión de una serie de infracciones.
La primera que se incumple, según el expediente sancionador, es la tenencia en una explotación de animales de producción cuya identificación sea obligatoria de acuerdo con la normativa aplicable de más de un diez por ciento. La segunda se centra en la falta de libros de registro y de fichas de los animales, así como de entradas y salidas de los gatos y perros de la asociación. Siguiendo con esos preceptos Sanidad se encontró con la oposición y falta de colaboración a la actuación inspectora y de control a los inspectores de la Administración (como ocultación de datos e informaciones incorrectas por miembros de la junta directiva). Y la última el incumplimiento de las medidas adoptadas por la Administración con respecto a los programas sanitarios.
En el mismo decreto firmado por el consejero de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Javier Guerrero, se le concede a la Protectora un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos u otros elementos de juicio, que serán tenidos en cuenta en la propuesta de resolución.

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