Un bingo, sancionado al no controlar el acceso

Este trámite es consecuencia de la denuncia presentada por un usuario al que le permitían acceder a su interior a pesar de estar inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego

La Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de la consejería de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital y el OASTCE, ha dispuesto la iniciación de un expediente sancionador a un bingo por permitir el acceso a una persona inscrita en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego. 

Este procedimiento ha sido ya notificado a la empresa involucrada, quien deberá responder ante los hechos ocurridos y por los que este establecimiento fue denunciado también ante la Policía Nacional, ya que podrían ser constitutivos de infracción administrativa. 

El origen de todo

El inicio de este procedimiento sancionador es consecuencia de la denuncia presentada hace unos meses por J.A.L., un vecino que ha conseguido dejar atrás la ludopatía y quiso hacer público este hecho.

Primero lo denunció ante la Policía Nacional y en el mes de mayo presentó un escrito ante al OASTCE, perteneciente a la consejería de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital, en el que detallaba que en diferentes locales de juego de la Ciudad se le permitía el acceso a pesar de estar inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.

Asimismo, adjuntaba registros de pago con su tarjeta de crédito en estos establecimientos para demostrar que realmente había entrado y había jugado. 

Su objetivo era exigir “el cumplimento de la normativa vigente y acuerdos establecidos”, tal y como se podía leer en el documento presentado.

¿Se debe restringir el acceso a determinadas personas?

Según la normativa, sí. En España sí es obligatorio controlar quién entra a un salón de juego. Además, desde el pasado año 2021 la normativa exige a todos los salones que tengan un sistema de control de acceso que impida la entrada a menores de edad y personas inscritas en el Registro de Prohibidos, es decir, personas que han solicitado autoexclusión por ludopatía o a las que un juez lo ha ordenado.

Este segundo caso es en el que se encuentra J.A.L. El 29 de marzo de 2017, este hombre toma conciencia de que tiene “una problemática real”, tal y como él mismo expresó a este medio de comunicación, que le estaba afectando en su vida y, motu proprio, decide apuntarse en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego a nivel nacional.

Esto es una herramienta del Gobierno central para la prevención y control del juego problemático. Cualquier persona puede inscribirse en él para auto prohibirse el acceso a actividades de juegos tanto en establecimientos físicos como en plataformas online con licencia en España.

Además, en teoría, este documento, se supone, sirve para imponer a operadores de juego la obligación legal de verificar en tiempo real la inscripción en este registro antes de permitir el acceso o la participación.

Sin embargo, en algunos establecimientos de Ceuta no estaba siendo así y finalmente será sancionado por ello.

¿Cómo controlar la entrada?

Según el Reglamento de Apuestas de la Ciudad Autónoma de Ceuta que regula la actividad de las apuestas, incluyendo la creación y funcionamiento de casas de apuestas, así como la protección de los jugadores, es obligatorio que los salones de juego cuenten con un sistema de control de admisión.

Lo recomendable es que este sea un sistema informático y homologado que se encuentre en la entrada del local y permita identificar a los usuarios mediante su documento de identidad para impedir la entrada a aquellas personas que no lo tengan permitido.

Asimismo, se recoge que “los operadores o propietarios serán responsables legales del cumplimiento de este control; su incumplimiento implica sanciones graves, e incluso el cierre del local”.

La entrada en vigor de estas exigencias fue rápida: los salones existentes tuvieron un plazo de nueve meses tras la aprobación, en febrero de 2021 de este reglamento, para implementar dicho control de admisión.

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