Opinión

Que le quiten el tapón

De nuestras épocas infantiles y adolescentes recuerdo que, durante los desplazamientos en autobús en las excursiones que nos organizaban, arremetíamos a voz en grito con alegres letrillas del tipo: El vino que tiene Asunción; de confraternización con los chóferes Para ser conductor de primera; las sicalípticas referencias a la Loles e incluso el ahora institucional himno Asturias, patria querida. Entre ellas se incluía con frecuencia, quizá como un requerimiento en muchas ocasiones, el divertido: “Que le quiten el tapón, que le quiten el tapón, al botellón, al botellón”.

La reflexión viene a cuento porque, desde hace unos meses, nos encontramos que las bebidas en envases de plástico y en tetrabrik llevan adherido el tapón y, por tanto, no puede desprenderse de recipiente. Muchas empresas fabricantes se habían adelantado al plazo de implantación de este sistema que iba a ser obligatorio −y ha empezado a serlo− desde el día 3 de julio de este 2024.

La prescripción nace de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el Medio Ambiente. El texto hace hincapié en los productos de plástico de un solo uso –utilizados solo una vez o un periodo corto de tiempo antes de desecharlos− a los deben aplicarse medidas, ya que se estima representan cerca del 86 % de los plásticos de un solo uso presentes en las playas de la UE. Cita específicamente la gran cantidad de tapas y tapones plásticos de recipientes para bebidas de plástico de un solo uso presentes.

Se requiere, de modo general, a los Estados miembros que adopten medidas para reducir el consumo de este plástico y paralelamente aplicación de la economía circular para reutilización del mismo. En este sentido, insta a que solo se permitan introducir en el mercado recipientes de bebida de un solo uso que incluyan un diseño que evite la dispersión de las tapas y tapones en el medio ambiente.

La necesaria transposición de la Directiva en España se realizó con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En la misma el artículo 57, que se refiere a los requisitos de diseño para recipientes de plásticos para bebidas, recoge lo especificado en la disposición europea. En consecuencia, se exige que los recipientes de plástico de hasta tres litros de capacidad, para contener líquidos, solo pueden acceder al mercado si las tapas y los tapones permanecen unidos al recipiente durante toda su utilización.

La justificación de la medida -loable sin duda desde el punto de vista medioambiental- por la desbordante contaminación ocasionada por el plástico, que es uno de los grandes problemas a los que se enfrenta la humanidad, requiere sin embargo algunas matizaciones. Sin entrar en las abrumadoras cifras que representan los residuos plásticos, nos referiremos− confirmando la directiva europea− solo a las estimaciones de diversos estudios que cuantifican alrededor del 6 % la contaminación que procede de los tapones en las playas y entornos naturales.

Los envases de líquidos mayoritariamente están elaborados con PET un polímero termoplástico ligero -tereftalato polietileno- totalmente reciclable. Los tapones están fabricados también con PET, pero asimismo con polietileno de alta densidad HDPE o con polipropileno PP, ambos también 100% reciclables pero necesitando necesariamente una mayor temperatura para fusión que el PET.

La explicación de la integración de tapón y envase la justifican para que no se pierdan los tapones y puedan reciclarse junto con el recipiente. Sin embargo, hay que considerar que en el proceso de transporte al reciclado las compresiones a que son sometidos los residuos posiblemente separarán los tapones y además, si estos son de diferente material plástico que el envase, es difícil reciclarlos simultáneamente.

"La justificación de la medida viene por la desbordante contaminación ocasionada por el plástico"

La normativa legal no propone ningún sistema de cierre adherido y muchas empresas, adelantándose a la fecha de obligatoriedad, han incluido en el diseño de sus productos una forma de cierre, curiosamente muy similar en todas, que liga el tapón, mediante una argolla plástica, con el recipiente. A este respecto considero que no se han exprimido mucho el cerebro los diseñadores industriales y que el sistema creado presenta variados inconvenientes: aparte de dificultar el prosaico, pero generalizado, modo de beber a morro, ya que choca el tapón con la nariz, también es muy dificultoso el cierre con lo que se producen derrames en bolsas y frigoríficos. No es una utilización cómoda, por lo que muchos usuarios hastiados posiblemente recurrirán al arrancado aplicando, como dice la canción: “que le quiten el tapón”.

No sé cómo evolucionará la aceptación popular de la medida ambiental, pero ciertamente, creo que se impone como exigencia que los equipos de diseño industrial de las empresas encuentren un sistema de integración más cómodo para su uso, aunque posiblemente ello puede aumentar el coste del mismo.

No hay que olvidar tampoco que existen, desde hace tiempo, organizaciones que llevan a cabo campañas de recogida de tapones solidarios. Como están fabricados de polietileno y polipropileno, de una gran calidad para el procesado de reciclaje, son muy valorados por estas empresas y su precio puede oscilar de 100 a 500 euros por tonelada. Una nueva vida, respetuosa con el medio ambiente llevará a estos residuos a transformación en mobiliario urbano, elementos para la construcción, material deportivo, aplicación en juguetería, etc.

Los ingresos por la venta a las empresas de reciclaje, ha servido y está sirviendo a las organizaciones recolectoras para financiar la investigación de enfermedades minoritarias, protección de salud infantil, ayudas a tratamientos médicos y dotaciones de prótesis. Sin duda alguna, la nueva normativa dificultará estas campañas de recogida.

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