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Ya se puede participar en la sexta fase de ‘Ceuta Emociona’

Las agencias de viajes interesadas tendrán 10 días hábiles para poder presentar sus solicitudes formalmente

La Ciudad Autónoma ha puesto en marcha el plazo de presentación de solicitudes para que las agencias de viaje de la ciudad autónoma participen en incentivar la llegada de turistas mediante la comercialización de la sexta fase del talonario descuento ‘Ceuta Emociona’.

Según se ha informado en el texto publicado este martes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE), las entidades interesadas podrán presentar sus solicitudes durante los próximos 10 días hábiles a partir de la jornada siguiente a su publicación.

Estas se podrán realizar de forma presencial, en el Registro de Servicios Turísticos de Ceuta o bien, de forma telemática, a través de la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta. Para ello se tendrá que cumplimentar el Modelo del Anexo I que aparece en la convocatoria.

En este sentido, en el documento se informa de que el importe máximo de las subvenciones será de 360.000 euros para un total de 3.600 talones, siendo el importe de cada talón 'Ceuta Emociona' de 85 euros. Se establece una comisión de venta por bono a las agencias de viajes de 15 euros.

Beneficiarios de esta ayuda

Serán beneficiarias de estas subvenciones los autónomos y empresas cualesquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud cuyo objeto social recoja expresamente la actividad de agencia de viajes.

Para poder adherirse a la promoción deberán reunir diferentes requisitos como, por ejemplo, tener su domicilio social o fiscal en la ciudad autónoma de Ceuta.

Asimismo, las entidades deberán estar dadas de alta “en el Impuesto de Actividades Económicas y en el régimen de cotización a la Seguridad Social que corresponda, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en alguno o varios de los epígrafes del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuestos sobre Actividades Económicas, que se relacionan a continuación: Epígrafe 755.2 (servicios prestados al público por las agencias de viajes)”, reza en el texto.

Por otra parte, no podrán estar incursas en “alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”.

Entre las condiciones también figura que las agencias de viaje estarán obligadas a generar un paquete turístico que se denominará de forma obligatoria ‘Ceuta emociona’, “lo suficientemente atractivo y competitivo que incluirá tanto transporte de llegada y salida a la ciudad por vía marítima o aérea, estancia de 1 o más noches consecutivas en el mismo alojamiento, y descuento en restauración y experiencia turística”.

Estos tendrán que ser aprobados previamente por los Servicios Turísticos de la ciudad autónoma antes de poder llevar a cabo su comercialización.

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