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Publicada la lista definitiva para una plaza de inspector de Policía Local

El consejero de Presidencia y Gobernación de Ceuta, Alberto Gaitán, ha dado a conocer la lista definitiva del aprobado de la convocatoria para la provisión de 1 plaza de inspector de Policía Local, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna.

La información ha sido publicada en la edición del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) de este martes 7 de enero, en la que se indica que la vacante corresponde a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Escala Ejecutiva, Clase Policía Local, Categoría Inspector, Grupo A, Subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de la Ciudad de Ceuta del año 2024.

De acuerdo con lo que indica el decreto, el aprobado de la convocatoria para la provisión esta plaza de inspector de Policía Local de la Ciudad de Ceuta es Manuel Piñero Monte

En el documento se señala que en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta el resultado del proceso selectivo, el aprobado deberá presentar los documentos especificados en la base de la convocatoria.

En este caso se trata de la copia debidamente autenticada del DNI, así como la fotocopia debidamente autenticada del título exigido o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizad o todos los estudios necesarios para la obtención del título y resguardo justificado de haber solicitado su expedición.

“Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base anterior, el aspirante aprobado podrá acreditar que reúne las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho”, se añade.

Igualmente se deja saber que “contra el presente acto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde su notificación o, en su caso, desde su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se podrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha Ley”.

A lo que se agrega que “alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses desde la notificación o, en su caso, publicación, de este acto, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa”.

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